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Ley Beckham en España: requisitos, solicitud y cuánto ahorras en 2026

Si te trasladas a España por trabajo, el régimen de impatriados te permite pagar un tipo fijo del 24% durante seis años. Pero no se aplica solo: hay que pedirlo en plazo y cumplir unos requisitos muy concretos. Revisamos tu caso, te decimos si te compensa y presentamos todo ante Hacienda.

¿Qué es la Ley Beckham y a quién beneficia?

La Ley Beckham es el nombre popular del régimen especial de impatriados del artículo 93 de la Ley del IRPF. Permite a quien se traslada a España tributar con las reglas del Impuesto sobre la Renta de No Residentes durante el año del traslado y los cinco siguientes. Sus rendimientos del trabajo tributan al 24% hasta 600.000 € anuales.

Cambio en 2023 tras la Ley de Startups

El régimen ya no es solo para directivos fichados por una empresa española. Ahora pueden acogerse teletrabajadores, administradores, emprendedores y sus familias. Es una decisión fiscal que conviene tomar con números delante, como cualquier otra que llevamos desde nuestra asesoría fiscal online.

Cuánto se tributa con la Ley Beckham frente al IRPF general

No solo cambia el tipo: cambia qué rentas pagan en España y qué patrimonio cuenta.

IRPF general

  • SueldoEscala progresiva que llega al 47%
  • Rentas del extranjeroTributan en España (renta mundial)
  • PatrimonioPor todos tus bienes, estén donde estén
  • Gastos y deduccionesRestas Seguridad Social, mínimos y deducciones
  • DeclaraciónModelo 100

Ley Beckham 6 años

  • Sueldo24% fijo hasta 600.000 €; 47% sobre el exceso
  • Rentas del extranjeroAlquileres, dividendos e intereses de fuera no tributan aquí
  • PatrimonioSolo por los bienes situados en España
  • Gastos y deduccionesEl 24% va sobre el bruto, sin restar nada
  • DeclaraciónModelo 151

Teletrabaja para una empresa alemana

Sueldo bruto
70.000 €
Tipo aplicado
24%
Otras rentas
No tiene
Paga en España16.800 €

Directiva fichada por una empresa española

Sueldo bruto
150.000 €
Tipo aplicado
24%
Acciones en EE. UU.
0 € en España
Paga en España36.000 €

Administrador con pisos en Portugal

Retribución como administrador
90.000 €
Alquileres en Portugal
30.000 €
Por esos alquileres
0 € en España
Paga en España21.600 €

Ejemplos orientativos sobre rendimientos del trabajo. Las rentas del extranjero pueden tributar en el país de origen.

¿Te compensa la Ley Beckham?

Sueldo moderado y familia a cargoPuede salir más caro: pierdes mínimos y deducciones.
Sueldo medio con rentas fueraDepende de tus alquileres, dividendos o negocios en el extranjero.
Sueldo por encima de 60.000 €En general compensa, y más cuanto más alto es.

Requisitos de la Ley Beckham en 2026

Para acogerte a la Ley Beckham tienes que cumplir estas tres condiciones a la vez.

5 años fuera de España

No haber sido residente fiscal en España en los cinco años anteriores al traslado.

Un motivo de traslado válido

Trabajo, teletrabajo, cargo de administrador o una actividad emprendedora o cualificada.

Sin establecimiento permanente

No obtener rentas por un negocio estable en España, salvo emprendedores y profesionales cualificados.

Quién puede acogerse a la Ley Beckham

TrabajadoresCon contrato en España o desplazados por su empresa
TeletrabajadoresEn remoto para una empresa extranjera (cómo se retiene)
AdministradoresLímite del 25% solo en sociedades patrimoniales
EmprendedoresCon actividad innovadora avalada por ENISA
Profesionales cualificadosPara startups o I+D+i, más del 40% de sus ingresos
Tu familiaCónyuge e hijos menores de 25 años

Quién no puede

  • Deportistas profesionales
  • Quien vivió en España en los 5 años anteriores
  • El autónomo sin actividad emprendedora acreditada (mejor revisa cómo darte de alta como autónomo extranjero)
  • Quien factura a través de un establecimiento permanente

Cómo solicitar la Ley Beckham paso a paso

La Ley Beckham se solicita con el modelo 149 en los seis meses siguientes al inicio de la actividad que consta en tu alta en la Seguridad Social.

6meses sin prórroga

El plazo empieza con tu alta, no con tu llegada

Si vence, pierdes el régimen para los seis años. Lo ideal es tenerlo presentado antes del cuarto mes.

  1. Estudio previo

    Requisitos, plazo y comparativa con el régimen general.

  2. Documentación

    Pasaporte, NIE, alta en la Seguridad Social y contrato o carta de desplazamiento.

  3. Envío a Hacienda

    Se aporta en la sede electrónica y se obtiene un número de registro.

  4. Modelo 149

    Hacienda emite el certificado en un máximo de 10 días hábiles.

  5. Modelo 151

    Tu declaración de cada año mientras dure el régimen.

¿Quieres que presentemos tu solicitud antes de que venza el plazo?

Solicitar mi Ley Beckham

Ventajas y desventajas de la Ley Beckham

Si el régimen no te interesa, te lo decimos antes de presentar nada.

Ventajas

  • Tipo fijo del 24% en lugar de una escala que llega al 47%
  • Tus rentas del extranjero no tributan en España
  • Patrimonio solo por los bienes que tengas en España
  • Seis años de fiscalidad estable y previsible
  • Tu pareja y tus hijos pueden acogerse contigo

Desventajas

  • No restas cotizaciones, gastos, mínimos ni deducciones
  • No eres residente a efectos de los convenios, con riesgo de doble imposición
  • La renuncia es definitiva: no puedes volver a acogerte
  • Si se pasa el plazo de 6 meses, no hay segunda oportunidad
  • Si dejas de cumplir un requisito, hay que comunicarlo en un mes

Dudas frecuentes sobre la Ley Beckham

¿Puedo acogerme a la Ley Beckham si soy español?

Sí. La nacionalidad no importa: lo que cuenta es no haber sido residente fiscal en España en los cinco años anteriores al traslado y volver por un motivo que admita la ley.

¿La Ley Beckham dura 5 o 10 años?

Se aplica durante seis años fiscales: el del traslado y los cinco siguientes. Los diez años eran el antiguo requisito de no residencia previa, que desde 2023 es de cinco.

¿Qué pasa si se me pasa el plazo de seis meses?

No se puede presentar el modelo 149 fuera de plazo y tributarás por el régimen general. Si estás cerca del límite, escríbenos: priorizamos esos casos.

¿Mi pareja y mis hijos pueden acogerse?

Sí. El cónyuge (o el otro progenitor) y los hijos menores de 25 años pueden acogerse si llegan antes de que termine tu primer año en el régimen y sus bases suman menos que la tuya.

¿Puedo aplicar la Ley Beckham siendo autónomo?

Solo si tu actividad está calificada como emprendedora por ENISA o si eres un profesional cualificado que trabaja para startups o en I+D+i. El autónomo convencional no puede.

¿Tengo que hacer la declaración de la renta normal?

No. Mientras estés en el régimen presentas el modelo 151 en lugar del modelo 100, dentro del plazo general de la campaña de la renta.

Por qué pedir tu Ley Beckham con Asesorae

Nos encargamos de todo el trámite, desde el estudio previo hasta tu declaración de cada año.

Contrato sin permanencia

Firmamos un contrato de servicios y te vas cuando quieras.

Sin tu certificado digital

Trabajamos con autorizaciones ante Hacienda.

Justificante de todo

Recibes el justificante de cada trámite.

Te decimos si no compensa

Antes de presentar nada, con tus números.

Qué incluye nuestro servicio de Ley Beckham

Estudio de requisitos y comparativa con el régimen general
Control de tu plazo desde el alta en la Seguridad Social
Preparación y envío de la documentación a Hacienda
Presentación del modelo 149 y certificado para tu empresa
Solicitud para tu pareja e hijos si pueden acogerse
Modelo 151 cada año mientras dure el régimen
Anabel Alonso, asesora fiscal de Asesorae

Revisado por Anabel Alonso
Asesora fiscal, 7 años de experiencia

Solicitar el estudio sin coste

Más de 300 autónomos y empresas ya confían en Asesorae

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Eva Lorente Fuentes profile picture
Eva Lorente Fuentes
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Tramitar el visado de nómada digital en España fue mucho más fácil de lo que pensaba, y todo gracias a Asesorae. No solo me ayudaron con el papeleo de extranjería, sino también con la fiscalidad posterior. Como extranjero viviendo en España, necesitaba una asesoría que hablara mi idioma fiscal... y la encontré. ¡100% recomendable!
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Antonio Montoya Ruiz
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Soy freelancer y estoy constantemente moviéndome entre países. Asesorae me ha dado la tranquilidad de tener mis impuestos al día sin importar en qué zona horaria esté. Todo el servicio es online, rápido y muy claro. No tengo que preocuparme por nada. ¡Una joya para los que trabajamos en remoto!
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Adrián Valdivia Saavedra profile picture
Adrián Valdivia Saavedra
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Al contrario que otras asesorías online en las que uno habla con un asesor sin nombre, en Asesorae te atienden personalmente desde el principio. El trato es excelente, siendo uno de sus puntos fuertes las numerosas vías de comunicación con ambos. Por supuesto, todos los trámites los realizan al día y te avisan en todo momento de si te falta algún documento. Además, entienden la situación de mi negocio y mis gastos, así que no puedo estar más que satisfecho. ¡Totalmente aconsejable! PD: los he recomendado a otros amigos freelancers, programadores y nómadas digitales extranjeros para incluso que gestionen su visa en España y todos están muy contentos.
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Roberto Perdomo profile picture
Roberto Perdomo
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Si eres freelance o nómada digital y necesitas una asesoría seria, moderna y 100 % online, no busques más. Asesorae se encarga de todo: impuestos, modelo 130, facturas… Estoy encantado con el trato y la facilidad para gestionar mi actividad desde cualquier parte del mundo.
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desligaron profile picture
desligaron
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Vivo viajando por el mundo y necesitaba una asesoría 100 % online y fiable. Encontré Asesorae por recomendación y ha sido un acierto total. Me llevan todos los trámites fiscales como autónomo sin que yo tenga que preocuparme de nada, incluso estando fuera de España. Comunicación por email súper fluida y todo muy profesional. ¡Ideal para nómadas digitales!
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Claudia
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Un equipo muy cercano, eficiente y resolutivo. Me ayudaron con todo el proceso de alta como autónomo sin complicaciones. Además, su plataforma online es intuitiva y rápida. ¡Gracias por hacerme la vida más fácil!
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Alba Lipsky
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Equipo de profesionales con excelente gestión, precisa y eficiente, han sido muy amables y atentos en todo momento respondiendo mis dudas con paciencia y profesionalidad para resolver los temas del régimen fiscal de la residencia de Nómada Digital, con un trato personal y cercano son Profesionales 100% recomendados.
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Hitsu Lau
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Muy eficientes y grandes profesionales. Estuve un año de autónoma y me asesoraron en todo momento, resolviendo dudas y ayudándome con todo lo que no entendía, un 10.
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dani cerdeña
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Una gran asesoría, como autónomo me siento totalmente respaldado y que sea online facilita todos los trámites. Unos grandes profesionales, desde luego los recomiendo al 100%
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Luis Garcia Meza
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Gracias a Anabel y Aday, que nos has tratado muy bien con su servicio de asesoría. Nuestra experiencia ha sido muy buena, y siempre nos han respondido con profesionalismo y rapidez. Desde antes de venir a España, el equipo de Asesorae nos ha estado ayudando en todas las preguntas fiscales y también en el área de presentar documentos como darnos de alta en seguridad social y aplicar para el régimen especial. Definitivamente los recomiendo.
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¿Estás dentro del plazo para pedir la Ley Beckham?

Mándanos la fecha de tu alta en la Seguridad Social y te decimos cuánto margen te queda.

¿Hablamos sobre tu caso?

Somos una asesoría fiscal 100% canaria. Primera consulta sin coste, sin compromiso y con respuesta rápida. Cuéntanos tu caso y te decimos cómo optimizar tu situación.

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