El Modelo 115 es la autoliquidación trimestral de retenciones IRPF por alquiler de locales. Quien paga el alquiler (arrendatario) retiene 19% y lo declara. Plazo: 1-20 de abril, julio, octubre, enero. Relacionado con Modelo 180 (resumen anual).
En esta guía completa te explicamos qué es, para qué sirve, quién presenta, retención 19%, exenciones, plazo, multas, cómo rellenar paso a paso, presentación online y relación con Modelo 180.
¿Qué es el modelo 115?
Definición: Autoliquidación trimestral de retenciones IRPF por arrendamiento inmuebles urbanos
Nombre oficial: Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos
Retención: 19% sobre renta alquiler
Quién declara: El arrendatario (quien paga alquiler)
Quién cobra: El arrendador (propietario)
¿Para qué sirve el modelo 115?
Finalidad: Ingresar a Hacienda la retención 19% IRPF practicada en alquileres
Ejemplo básico:
Alquiler local: 1.000 €/mes
Factura arrendador:
Base imponible: 1.000 €
IVA 21%: 210 €
Subtotal: 1.210 €
Retención IRPF 19%: -190 €
──────
A pagar: 1.020 €
Arrendatario:
- Paga 1.020 € al arrendador
- Declara 190 € en Modelo 115 (trimestral)
- Ingresa 190 € × 3 meses = 570 € a Hacienda
¿Quién tiene que presentar el modelo 115 a la AEAT?
Obligados:
✓ Autónomos que alquilan local/oficina
✓ Empresas que alquilan inmuebles para actividad
✓ Profesionales con despacho alquilado
✓ Sociedades (SL, SA) con locales alquilados
Requisitos acumulativos:
1. Alquiler con retención obligatoria
Retención obligatoria SI:
- Arrendador actividad económica (alquila para negocio)
- Valor catastral total inmuebles arrendador < 600.000 €
Retención NO obligatoria SI:
- Valor catastral total inmuebles arrendador ≥ 600.000 €
- Arrendador NO actividad económica (particular alquila vivienda personal)
2. Uso del inmueble
✓ Local comercial
✓ Oficina
✓ Nave industrial
✓ Almacén
✓ Despacho profesional
Importante: Solo inmuebles para actividad económica
¿En qué casos no se presenta el modelo 115 Hacienda?
Exenciones presentación (NO presentas):
1. Alquiler anual < 900 €
Exención: Si alquiler anual inferior a 900 €
Ejemplo:
Alquiler: 70 €/mes
Anual: 840 €
→ < 900 € → NO presentas Modelo 115
2. Vivienda para empleado
Qué: Empresa paga vivienda a trabajador
Ejemplo: Vivienda en especie (retribución)
Por qué exento: Se declara en Modelo 111 (trabajo), NO en 115 (alquileres)
3. Arrendamiento financiero (leasing)
Qué: Leasing de inmuebles
Por qué exento: Es operación financiera, NO arrendamiento
4. Arrendador inmuebles > 600.000 €
Exención retención: Si valor catastral total inmuebles arrendador ≥ 600.000 €
Certificado: Arrendador debe dar certificado exención retenciones
Documento: Modelo AEAT (sin modelo oficial, carta firmada)
Ejemplo:
Arrendador posee:
- 5 locales comerciales
- Valor catastral total: 750.000 €
→ ≥ 600.000 € → Arrendatario NO retiene
→ Arrendatario NO presenta Modelo 115
5. Epígrafe IAE grupo 861
Qué: Arrendadores profesionales con epígrafe 861
Actividad: Alquiler inmuebles como actividad principal
Retención: También exentos (situación rara)
¿Cuándo se presenta el modelo 115 a la AEAT?
Plazo: Trimestral (1-20 mes siguiente trimestre)
Plazos 2026:
| Trimestre | Periodo | Plazo presentación |
|---|---|---|
| 1T | Enero-Marzo | 1-20 abril |
| 2T | Abril-Junio | 1-20 julio |
| 3T | Julio-Septiembre | 1-20 octubre |
| 4T | Octubre-Diciembre | 1-30 enero 2027 |
Importante: Si día 20 es festivo → Siguiente hábil
¿Existe multa si el autónomo o empresa presenta el modelo 115 fuera de plazo?
SÍ, hay sanciones:
Sanciones fuera plazo:
Requerimiento previo (Hacienda te avisa):
- 200 € fijo
- O 150 € si presentas dentro 12 días desde requerimiento
Sin requerimiento previo (presentación extemporánea):
- Recargo sin sanción:
- 1% si <3 meses retraso + intereses
- 5% si 3-6 meses
- 10% si 6-12 meses
- 15% si >12 meses
Con requerimiento e inspección:
- 50% cantidad no ingresada (reducible 30% si pagas rápido)
Ejemplo sanción:
Modelo 115 con 570 € a ingresar
Presentas 2 meses tarde (sin requerimiento)
Recargo: 570 × 1% = 5,70 €
Intereses demora: ~5 €
──────
Total adicional: ~11 €
¿Se puede aplazar la presentación del modelo 115?
NO, el plazo presentación NO se puede aplazar
Sí se puede: Aplazar el pago (si resultado a ingresar)
Cómo: Solicitud aplazamiento/fraccionamiento en Hacienda
¿Qué datos necesito para la cumplimentación del modelo 115?
Documentos necesarios:
✓ Facturas alquiler trimestre completo
✓ NIF arrendador
✓ Nombre/razón social arrendador
✓ Importe base alquileres (sin IVA)
✓ Retenciones practicadas (19%)
Ejemplo datos:
Trimestre: 1T 2026 (enero-marzo)
Mes 1 (enero):
Alquiler: 1.000 €
Retención 19%: 190 €
Mes 2 (febrero):
Alquiler: 1.000 €
Retención 19%: 190 €
Mes 3 (marzo):
Alquiler: 1.000 €
Retención 19%: 190 €
TOTAL TRIMESTRE:
Base: 3.000 €
Retenciones: 570 €
¿Cómo se rellena el modelo 115?
Descarga: sede.agenciatributaria.gob.es → «Modelo 115»
Secciones del modelo:
1. Identificación y devengo
Casillas:
Ejercicio: Año (ej: 2026)
Periodo: Trimestre
- 1T, 2T, 3T, 4T
NIF: Tu NIF
Apellidos y nombre / Razón social: Tu nombre/empresa
Domicilio: Tu domicilio fiscal
2. Liquidación
Casillas clave:
Casilla 01: Número de perceptores
Valor: Número de arrendadores diferentes
Ejemplo:
- Si alquilas a 1 propietario → 1
- Si alquilas 2 locales de 2 propietarios → 2
Casilla 02: Base de las retenciones
Valor: Suma alquileres trimestre (sin IVA, sin retención)
Ejemplo:
Alquiler mensual: 1.000 €
Trimestre: 1.000 × 3 = 3.000 €
Casilla 02: 3.000 €
Casilla 03: Retenciones e ingresos a cuenta
Valor: Retenciones practicadas (19% sobre casilla 02)
Cálculo: Casilla 02 × 19%
Ejemplo:
Casilla 02: 3.000 €
Retención 19%: 3.000 × 19% = 570 €
Casilla 03: 570 €
Casilla 04: Resultados a ingresar de anteriores declaraciones del mismo concepto, ejercicio y periodo
Solo si: Presentas complementaria (corriges anterior)
Valor: Cantidad ingresada en declaración anterior
Mayoría casos: Dejar en blanco
Casilla 05: Resultado a ingresar
Cálculo: Casilla 03 – Casilla 04
Mayoría casos: Igual a casilla 03
Ejemplo:
Casilla 03: 570 €
Casilla 04: 0 € (no hay complementaria)
──────
Casilla 05: 570 €
3. Ingresos
Casilla 06: Importe del ingreso
Valor: Igual casilla 05
Forma pago:
- Adeudo cuenta (domiciliación)
- NRC (pago previo online)
Firma: Fecha y firma
Ejemplo del modelo 115
Caso completo:
Datos:
- Autónomo: Juan Pérez (NIF: 12345678A)
- Alquila local de María García (NIF: 87654321B)
- Alquiler: 1.200 €/mes
- Periodo: 1T 2026
Cumplimentación:
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MODELO 115 - 1T 2026
═══════════════════════════════════════
IDENTIFICACIÓN:
Ejercicio: 2026
Periodo: 1T
NIF: 12345678A
Razón social: Juan Pérez
LIQUIDACIÓN:
01. Nº perceptores: 1
02. Base retenciones: 3.600,00 €
03. Retenciones: 684,00 €
04. Anteriores declaraciones: 0,00 €
05. Resultado: 684,00 €
INGRESOS:
06. Importe ingreso: 684,00 €
Forma pago: Adeudo cuenta
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Cálculo:
Alquiler mensual: 1.200 €
× 3 meses = 3.600 €
Retención 19%: 684 €
¿Cómo se puede presentar el modelo 115 a la AEAT?
Hay dos formas:
Opción 1: Presentación electrónica (obligatoria)
Obligatorio para:
- Sociedades
- Autónomos en estimación directa
- Mayoría de casos
Excepción: Solo papel si discapacidad o motivo justificado
Opción 2: Papel (excepcional)
Solo: Casos muy excepcionales (prácticamente eliminado)
¿Cómo rellenar el modelo 115 por Internet?
Pasos para rellenar el modelo 115 a través de la web
Paso a paso online:
Paso 1: Accede a sede AEAT
URL: sede.agenciatributaria.gob.es
Paso 2: Identifícate
Método:
- Certificado digital
- Cl@ve PIN
- DNI electrónico
Paso 3: Busca Modelo 115
Ruta:
Impuestos y Tasas →
IRPF →
Retenciones e ingresos a cuenta →
Modelo 115
O busca: «Modelo 115» en buscador
Paso 4: Selecciona «Presentación»
Cumplimentación del modelo 115 vía internet
Paso 5: Rellena datos
Identificación: Automático (tu NIF)
Devengo: Ejercicio y periodo (ej: 2026, 1T)
Declarante: Marca casilla correspondiente
Liquidación:
- Casilla 01: Nº perceptores
- Casilla 02: Base retenciones
- Casilla 03: Retenciones (auto-calcula si introduces base)
Paso 6: Complementaria (si aplica)
Marca si corriges declaración anterior
Importar y exportar
Exportar (guardar borrador):
Función: Guarda en tu ordenador (archivo .115)
Uso: Por si quieres revisarlo después
Importar (cargar borrador):
Función: Carga archivo .115 guardado
Validación: Sistema revisa errores
Paso 7: Valida
Sistema verifica:
- Datos correctos
- Cálculos coherentes
- NIF válido
Paso 8: Firma y presenta
Firma electrónica: Automática (con certificado)
Presentación: Botón «Firmar y enviar»
Paso 9: Justificante
PDF: Guarda justificante presentación
NRC: Número Referencia Completo (código único)
¿En qué se relacionan el modelo 115 y el 180?
Modelo 180: Resumen anual de retenciones alquileres
Relación:
| Modelo | Periodicidad | Qué incluye |
|---|---|---|
| 115 | Trimestral | Retenciones 19% ese trimestre |
| 180 | Anual | Suma de 4 trimestres (115) |
Plazo Modelo 180: 1-31 enero (año siguiente)
Ejemplo:
Año 2026:
1T: Modelo 115 → 570 €
2T: Modelo 115 → 570 €
3T: Modelo 115 → 570 €
4T: Modelo 115 → 570 €
Enero 2027:
Modelo 180 → 2.280 € (suma 4 trimestres)
Importante: Modelo 180 detalla cada arrendador
Consejos para evitar errores al rellenar el modelo 115
Errores comunes:
❌ No retener cuando es obligatorio
✓ Verifica si arrendador < 600.000 € valor catastral
❌ Aplicar retención a vivienda
✓ Solo locales/oficinas para actividad
❌ Calcular mal 19%
✓ Retención sobre base sin IVA
❌ Olvidar meses
✓ Incluye TODOS los meses del trimestre
❌ Periodo equivocado
✓ Revisa trimestre correcto (1T, 2T, 3T, 4T)
❌ Presentar fuera plazo
✓ Marca en calendario: 20 de abril, julio, octubre, enero
Preguntas frecuentes
¿Qué es el Modelo 115?
Autoliquidación trimestral de retenciones IRPF (19%) por alquiler de locales para actividad económica. Presenta quien paga el alquiler.
¿Quién presenta el Modelo 115?
El arrendatario (quien paga alquiler de local/oficina), si arrendador actividad económica y valor catastral < 600.000 €.
¿Cuándo se presenta el Modelo 115?
Trimestralmente: 1-20 abril (1T), 1-20 julio (2T), 1-20 octubre (3T), 1-30 enero (4T).
¿Qué retención se aplica en alquileres?
19% sobre base imponible (alquiler sin IVA). Arrendatario descuenta 19% y lo ingresa vía Modelo 115.
¿Hay multa por presentar Modelo 115 fuera de plazo?
SÍ. Mínimo 200€ si hay requerimiento. Sin requerimiento: recargo 1-15% según retraso + intereses demora.
¿Qué diferencia hay entre Modelo 115 y 180?
115: Trimestral (cada 3 meses). 180: Anual (resumen 4 trimestres). Ambos obligatorios.
Conclusión
El Modelo 115 es obligatorio para quien paga alquiler de locales con retención:
Puntos clave:
✓ Retención: 19% IRPF sobre alquiler
✓ Quién presenta: Arrendatario (quien paga)
✓ Plazo: 1-20 trimestre (abril, julio, octubre, enero)
✓ Exenciones: < 900€ anual, arrendador > 600.000€, vivienda empleado
✓ Modelo 180: Resumen anual (enero)
✓ Sanciones: 200€+ fuera plazo
Proceso trimestral:
CADA TRIMESTRE:
1. Sumas alquileres 3 meses (sin IVA)
2. Calculas retención 19%
3. Rellenas Modelo 115 online
4. Presentas 1-20 mes siguiente
5. Pagas retención (domiciliación o NRC)
ENERO (año siguiente):
6. Presentas Modelo 180 (resumen anual)
No presentar el Modelo 115 puede suponer:
- Sanción 200€ mínimo por trimestre
- Recargos 1-15% + intereses si extemporáneo
- Hacienda requiere cantidad no ingresada
- Problemas en inspección (relación facturas vs declarado)
- Responsabilidad por retención no ingresada
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✓ Presentación Modelo 115 trimestral
✓ Cálculo retenciones IRPF alquileres
✓ Modelo 180 anual (resumen)
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