Modelo 115: qué es y cómo rellenarlo correctamente

Contenido

Toma el control de tu negocio con una asesoría 100% online

El Modelo 115 es la autoliquidación trimestral de retenciones IRPF por alquiler de locales. Quien paga el alquiler (arrendatario) retiene 19% y lo declara. Plazo: 1-20 de abril, julio, octubre, enero. Relacionado con Modelo 180 (resumen anual).

En esta guía completa te explicamos qué es, para qué sirve, quién presenta, retención 19%, exenciones, plazo, multas, cómo rellenar paso a paso, presentación online y relación con Modelo 180.

¿Qué es el modelo 115?

Definición: Autoliquidación trimestral de retenciones IRPF por arrendamiento inmuebles urbanos

Nombre oficial: Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos

Retención: 19% sobre renta alquiler

Quién declara: El arrendatario (quien paga alquiler)

Quién cobra: El arrendador (propietario)

¿Para qué sirve el modelo 115?

Finalidad: Ingresar a Hacienda la retención 19% IRPF practicada en alquileres

Ejemplo básico:

Alquiler local: 1.000 €/mes

Factura arrendador:
Base imponible: 1.000 €
IVA 21%: 210 €
Subtotal: 1.210 €
Retención IRPF 19%: -190 €
         ──────
A pagar: 1.020 €

Arrendatario:
- Paga 1.020 € al arrendador
- Declara 190 € en Modelo 115 (trimestral)
- Ingresa 190 € × 3 meses = 570 € a Hacienda

¿Quién tiene que presentar el modelo 115 a la AEAT?

Obligados:

Autónomos que alquilan local/oficina
Empresas que alquilan inmuebles para actividad
Profesionales con despacho alquilado
Sociedades (SL, SA) con locales alquilados

Requisitos acumulativos:

1. Alquiler con retención obligatoria

Retención obligatoria SI:

  • Arrendador actividad económica (alquila para negocio)
  • Valor catastral total inmuebles arrendador < 600.000 €

Retención NO obligatoria SI:

  • Valor catastral total inmuebles arrendador ≥ 600.000 €
  • Arrendador NO actividad económica (particular alquila vivienda personal)

2. Uso del inmueble

Local comercial
Oficina
Nave industrial
Almacén
Despacho profesional

Importante: Solo inmuebles para actividad económica

¿En qué casos no se presenta el modelo 115 Hacienda?

Exenciones presentación (NO presentas):

1. Alquiler anual < 900 €

Exención: Si alquiler anual inferior a 900 €

Ejemplo:

Alquiler: 70 €/mes
Anual: 840 €

→ < 900 € → NO presentas Modelo 115

2. Vivienda para empleado

Qué: Empresa paga vivienda a trabajador

Ejemplo: Vivienda en especie (retribución)

Por qué exento: Se declara en Modelo 111 (trabajo), NO en 115 (alquileres)

3. Arrendamiento financiero (leasing)

Qué: Leasing de inmuebles

Por qué exento: Es operación financiera, NO arrendamiento

4. Arrendador inmuebles > 600.000 €

Exención retención: Si valor catastral total inmuebles arrendador ≥ 600.000 €

Certificado: Arrendador debe dar certificado exención retenciones

Documento: Modelo AEAT (sin modelo oficial, carta firmada)

Ejemplo:

Arrendador posee:
- 5 locales comerciales
- Valor catastral total: 750.000 €

→ ≥ 600.000 € → Arrendatario NO retiene
→ Arrendatario NO presenta Modelo 115

5. Epígrafe IAE grupo 861

Qué: Arrendadores profesionales con epígrafe 861

Actividad: Alquiler inmuebles como actividad principal

Retención: También exentos (situación rara)

¿Cuándo se presenta el modelo 115 a la AEAT?

Plazo: Trimestral (1-20 mes siguiente trimestre)

Plazos 2026:

TrimestrePeriodoPlazo presentación
1TEnero-Marzo1-20 abril
2TAbril-Junio1-20 julio
3TJulio-Septiembre1-20 octubre
4TOctubre-Diciembre1-30 enero 2027

Importante: Si día 20 es festivo → Siguiente hábil

¿Existe multa si el autónomo o empresa presenta el modelo 115 fuera de plazo?

, hay sanciones:

Sanciones fuera plazo:

Requerimiento previo (Hacienda te avisa):

  • 200 € fijo
  • O 150 € si presentas dentro 12 días desde requerimiento

Sin requerimiento previo (presentación extemporánea):

  • Recargo sin sanción:
    • 1% si <3 meses retraso + intereses
    • 5% si 3-6 meses
    • 10% si 6-12 meses
    • 15% si >12 meses

Con requerimiento e inspección:

  • 50% cantidad no ingresada (reducible 30% si pagas rápido)

Ejemplo sanción:

Modelo 115 con 570 € a ingresar
Presentas 2 meses tarde (sin requerimiento)

Recargo: 570 × 1% = 5,70 €
Intereses demora: ~5 €
       ──────
Total adicional: ~11 €

¿Se puede aplazar la presentación del modelo 115?

NO, el plazo presentación NO se puede aplazar

Sí se puede: Aplazar el pago (si resultado a ingresar)

Cómo: Solicitud aplazamiento/fraccionamiento en Hacienda

¿Qué datos necesito para la cumplimentación del modelo 115?

Documentos necesarios:

Facturas alquiler trimestre completo
NIF arrendador
Nombre/razón social arrendador
Importe base alquileres (sin IVA)
Retenciones practicadas (19%)

Ejemplo datos:

Trimestre: 1T 2026 (enero-marzo)

Mes 1 (enero):
Alquiler: 1.000 €
Retención 19%: 190 €

Mes 2 (febrero):
Alquiler: 1.000 €
Retención 19%: 190 €

Mes 3 (marzo):
Alquiler: 1.000 €
Retención 19%: 190 €

TOTAL TRIMESTRE:
Base: 3.000 €
Retenciones: 570 €

¿Cómo se rellena el modelo 115?

Descarga: sede.agenciatributaria.gob.es → «Modelo 115»

Secciones del modelo:

1. Identificación y devengo

Casillas:

Ejercicio: Año (ej: 2026)

Periodo: Trimestre

  • 1T, 2T, 3T, 4T

NIF: Tu NIF

Apellidos y nombre / Razón social: Tu nombre/empresa

Domicilio: Tu domicilio fiscal

2. Liquidación

Casillas clave:

Casilla 01: Número de perceptores

Valor: Número de arrendadores diferentes

Ejemplo:

  • Si alquilas a 1 propietario → 1
  • Si alquilas 2 locales de 2 propietarios → 2

Casilla 02: Base de las retenciones

Valor: Suma alquileres trimestre (sin IVA, sin retención)

Ejemplo:

Alquiler mensual: 1.000 €
Trimestre: 1.000 × 3 = 3.000 €

Casilla 02: 3.000 €

Casilla 03: Retenciones e ingresos a cuenta

Valor: Retenciones practicadas (19% sobre casilla 02)

Cálculo: Casilla 02 × 19%

Ejemplo:

Casilla 02: 3.000 €
Retención 19%: 3.000 × 19% = 570 €

Casilla 03: 570 €

Casilla 04: Resultados a ingresar de anteriores declaraciones del mismo concepto, ejercicio y periodo

Solo si: Presentas complementaria (corriges anterior)

Valor: Cantidad ingresada en declaración anterior

Mayoría casos: Dejar en blanco

Casilla 05: Resultado a ingresar

Cálculo: Casilla 03 – Casilla 04

Mayoría casos: Igual a casilla 03

Ejemplo:

Casilla 03: 570 €
Casilla 04: 0 € (no hay complementaria)
       ──────
Casilla 05: 570 €

3. Ingresos

Casilla 06: Importe del ingreso

Valor: Igual casilla 05

Forma pago:

  • Adeudo cuenta (domiciliación)
  • NRC (pago previo online)

Firma: Fecha y firma

Ejemplo del modelo 115

Caso completo:

Datos:

  • Autónomo: Juan Pérez (NIF: 12345678A)
  • Alquila local de María García (NIF: 87654321B)
  • Alquiler: 1.200 €/mes
  • Periodo: 1T 2026

Cumplimentación:

═══════════════════════════════════════
MODELO 115 - 1T 2026
═══════════════════════════════════════

IDENTIFICACIÓN:
Ejercicio: 2026
Periodo: 1T
NIF: 12345678A
Razón social: Juan Pérez

LIQUIDACIÓN:
01. Nº perceptores: 1
02. Base retenciones: 3.600,00 €
03. Retenciones: 684,00 €
04. Anteriores declaraciones: 0,00 €
05. Resultado: 684,00 €

INGRESOS:
06. Importe ingreso: 684,00 €
Forma pago: Adeudo cuenta
═══════════════════════════════════════

Cálculo:

Alquiler mensual: 1.200 €
× 3 meses = 3.600 €
Retención 19%: 684 €

¿Cómo se puede presentar el modelo 115 a la AEAT?

Hay dos formas:

Opción 1: Presentación electrónica (obligatoria)

Obligatorio para:

  • Sociedades
  • Autónomos en estimación directa
  • Mayoría de casos

Excepción: Solo papel si discapacidad o motivo justificado

Opción 2: Papel (excepcional)

Solo: Casos muy excepcionales (prácticamente eliminado)

¿Cómo rellenar el modelo 115 por Internet?

Pasos para rellenar el modelo 115 a través de la web

Paso a paso online:

Paso 1: Accede a sede AEAT

URL: sede.agenciatributaria.gob.es

Paso 2: Identifícate

Método:

  • Certificado digital
  • Cl@ve PIN
  • DNI electrónico

Paso 3: Busca Modelo 115

Ruta:

Impuestos y Tasas →
IRPF →
Retenciones e ingresos a cuenta →
Modelo 115

O busca: «Modelo 115» en buscador

Paso 4: Selecciona «Presentación»

Cumplimentación del modelo 115 vía internet

Paso 5: Rellena datos

Identificación: Automático (tu NIF)

Devengo: Ejercicio y periodo (ej: 2026, 1T)

Declarante: Marca casilla correspondiente

Liquidación:

  • Casilla 01: Nº perceptores
  • Casilla 02: Base retenciones
  • Casilla 03: Retenciones (auto-calcula si introduces base)

Paso 6: Complementaria (si aplica)

Marca si corriges declaración anterior

Importar y exportar

Exportar (guardar borrador):

Función: Guarda en tu ordenador (archivo .115)

Uso: Por si quieres revisarlo después

Importar (cargar borrador):

Función: Carga archivo .115 guardado

Validación: Sistema revisa errores

Paso 7: Valida

Sistema verifica:

  • Datos correctos
  • Cálculos coherentes
  • NIF válido

Paso 8: Firma y presenta

Firma electrónica: Automática (con certificado)

Presentación: Botón «Firmar y enviar»

Paso 9: Justificante

PDF: Guarda justificante presentación

NRC: Número Referencia Completo (código único)

¿En qué se relacionan el modelo 115 y el 180?

Modelo 180: Resumen anual de retenciones alquileres

Relación:

ModeloPeriodicidadQué incluye
115TrimestralRetenciones 19% ese trimestre
180AnualSuma de 4 trimestres (115)

Plazo Modelo 180: 1-31 enero (año siguiente)

Ejemplo:

Año 2026:

1T: Modelo 115 → 570 €
2T: Modelo 115 → 570 €
3T: Modelo 115 → 570 €
4T: Modelo 115 → 570 €

Enero 2027:
Modelo 180 → 2.280 € (suma 4 trimestres)

Importante: Modelo 180 detalla cada arrendador

Consejos para evitar errores al rellenar el modelo 115

Errores comunes:

No retener cuando es obligatorio

✓ Verifica si arrendador < 600.000 € valor catastral

Aplicar retención a vivienda

✓ Solo locales/oficinas para actividad

Calcular mal 19%

✓ Retención sobre base sin IVA

Olvidar meses

✓ Incluye TODOS los meses del trimestre

Periodo equivocado

✓ Revisa trimestre correcto (1T, 2T, 3T, 4T)

Presentar fuera plazo

✓ Marca en calendario: 20 de abril, julio, octubre, enero

Preguntas frecuentes

¿Qué es el Modelo 115?

Autoliquidación trimestral de retenciones IRPF (19%) por alquiler de locales para actividad económica. Presenta quien paga el alquiler.

¿Quién presenta el Modelo 115?

El arrendatario (quien paga alquiler de local/oficina), si arrendador actividad económica y valor catastral < 600.000 €.

¿Cuándo se presenta el Modelo 115?

Trimestralmente: 1-20 abril (1T), 1-20 julio (2T), 1-20 octubre (3T), 1-30 enero (4T).

¿Qué retención se aplica en alquileres?

19% sobre base imponible (alquiler sin IVA). Arrendatario descuenta 19% y lo ingresa vía Modelo 115.

¿Hay multa por presentar Modelo 115 fuera de plazo?

SÍ. Mínimo 200€ si hay requerimiento. Sin requerimiento: recargo 1-15% según retraso + intereses demora.

¿Qué diferencia hay entre Modelo 115 y 180?

115: Trimestral (cada 3 meses). 180: Anual (resumen 4 trimestres). Ambos obligatorios.

Conclusión

El Modelo 115 es obligatorio para quien paga alquiler de locales con retención:

Puntos clave:

Retención: 19% IRPF sobre alquiler
Quién presenta: Arrendatario (quien paga)
Plazo: 1-20 trimestre (abril, julio, octubre, enero)
Exenciones: < 900€ anual, arrendador > 600.000€, vivienda empleado
Modelo 180: Resumen anual (enero)
Sanciones: 200€+ fuera plazo

Proceso trimestral:

CADA TRIMESTRE:
1. Sumas alquileres 3 meses (sin IVA)
2. Calculas retención 19%
3. Rellenas Modelo 115 online
4. Presentas 1-20 mes siguiente
5. Pagas retención (domiciliación o NRC)

ENERO (año siguiente):
6. Presentas Modelo 180 (resumen anual)

No presentar el Modelo 115 puede suponer:

  • Sanción 200€ mínimo por trimestre
  • Recargos 1-15% + intereses si extemporáneo
  • Hacienda requiere cantidad no ingresada
  • Problemas en inspección (relación facturas vs declarado)
  • Responsabilidad por retención no ingresada

¿Necesitas ayuda con el Modelo 115?

En Asesorae, tu asesoría online en Canarias, te ayudamos con:

Presentación Modelo 115 trimestral
Cálculo retenciones IRPF alquileres
Modelo 180 anual (resumen)
Verificación obligación retener (600.000€)
Gestión facturas alquiler
Corrección errores declaraciones anteriores
Asesoramiento arrendamientos inmuebles

Solicita información sin compromiso y te ayudamos a gestionar tus modelos de retenciones IRPF. Evita sanciones y simplifica tus obligaciones fiscales.

¿Dudas sobre retenciones alquileres? Consulta nuestros servicios especializados en gestión fiscal de autónomos y empresas.

Picture of Anabel Alonso
Anabel Alonso

Especialista contable y asesora fiscal con 7 años de experiencia.

Toma el control ahora con tu asesoría 100% online

Nuestros planes están pensados para cubrir todas tus necesidades.
Date de alta ahora y comienza a disfrutar de la tranquilidad de saber que está en buenas manos.
Scroll al inicio