Qué es el REPEP y cómo puede ahorrarte impuestos como autónomo en Canarias

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Si acabas de lanzarte al mundo del emprendimiento en las Islas o estás pensando en hacerlo, es muy probable que hayas oído estas siglas: REPEP. Pero, ¿qué es exactamente y por qué todo el mundo dice que es el «paraíso» de la gestión para los autónomos canarios?

En Asesorae, aunque operamos en toda España, llevamos el ADN canario en nuestro origen. Por eso, conocemos de primera mano que la fiscalidad en el archipiélago tiene sus propias reglas de juego. Hoy te explicamos de forma sencilla cómo funciona este régimen y si realmente te conviene.

¿Qué es el REPEP? El aliado fiscal del pequeño empresario canario

El REPEP es el Régimen Especial del Pequeño Empresario o Profesional. Se trata de un sistema simplificado dentro del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) diseñado específicamente para que los pequeños negocios tengan menos «papeleo» y cargas fiscales.

Definición y significado de las siglas

En esencia, el REPEP permite que aquellos autónomos con un volumen de negocio reducido queden exentos de incluir el IGIC en sus facturas. Esto significa que, si te acoges a él, tu factura no llevará ese 7% (o el tipo que corresponda) que normalmente se añade al precio.

¿Por qué existe este régimen especial en las Islas Canarias?

El archipiélago cuenta con el REF (Régimen Económico y Fiscal), un conjunto de medidas que compensan la lejanía e insularidad. El REPEP nace para fomentar el autoempleo, facilitando que un profesional que está empezando no tenga que dedicar tanto tiempo y dinero a la gestión de impuestos indirectos.

Requisitos del REPEP: ¿Quién puede acogerse?

No todos los autónomos pueden entrar en este régimen. Existen unos límites claros que marca la Agencia Tributaria Canaria.

El límite de facturación anual (la barrera de los 30.000 €)

El requisito principal es que el volumen total de tus operaciones (tus ingresos brutos) no haya superado los 30.000 euros durante el año natural anterior. Si estás empezando de cero, se estima que estarás por debajo de esa cifra.

Tipos de profesionales y actividades admitidas

La gran mayoría de actividades profesionales y empresariales pueden acogerse, siempre que seas una persona física (autónomo). Las sociedades mercantiles, por lo general, quedan fuera de este beneficio simplificado.

La importancia de tener el domicilio fiscal en el archipiélago

Este régimen es exclusivo para quienes desarrollan su actividad y tienen su residencia fiscal en Canarias. Es una ventaja competitiva única para los residentes en las islas.

Principales ventajas: ¿Por qué te interesa la exención de IGIC?

Los beneficios de acogerse al REPEP son claros:

Menos carga administrativa: Olvida las liquidaciones trimestrales

Esta es la ventaja estrella. Al estar en el REPEP, no tienes que presentar el Modelo 420 trimestral del IGIC. Esto te ahorra tiempo y reduce drásticamente las posibilidades de cometer errores con el fisco.

Mayor competitividad en tus precios finales

Si tus clientes son particulares (consumidores finales), el REPEP te permite ser un 7% más barato que tu competencia que sí cobra IGIC, o bien mantener el precio de mercado y tener ese margen extra de beneficio para ti.

Diferencias clave: REPEP vs. Régimen General del IGIC

Mientras que en el Régimen General estás obligado a cobrar el impuesto y luego «devolvérselo» a la Hacienda Canaria cada tres meses, en el REPEP ese trámite simplemente desaparece. Para saber más sobre estas diferencias técnicas, puedes consultar nuestra guía detallada sobre el REPEP en Canarias.

Cómo solicitar el REPEP paso a paso

Pedir el REPEP es muy sencillo, solo tienes que hacer lo siguiente:

El Modelo 400: Tu puerta de entrada al régimen

Para darte de alta, debes presentar el Modelo 400 ante la Agencia Tributaria Canaria. En este documento marcarás la casilla correspondiente para solicitar tu inclusión en el régimen especial.

Plazos para solicitar el alta o la renuncia

Normalmente, el alta se realiza al inicio de la actividad o durante el mes de enero si ya eras autónomo y quieres cambiarte de régimen porque tus ingresos han bajado.

¿Qué ocurre si superas el límite de ingresos durante el año?

Si a mitad de año tus ingresos superan los 30.000 euros, quedarás excluido del régimen y tendrás que empezar a facturar con IGIC a partir del año siguiente (o según la normativa específica de ese momento).

Obligaciones que mantienes (incluso sin pagar IGIC)

Estar en el REPEP no significa «olvidarse de todo». Sigues teniendo responsabilidades:

Cómo emitir facturas correctamente: La cláusula obligatoria

Tus facturas no llevan IGIC, pero debes explicar por qué. Es obligatorio incluir una frase como esta:

«Operación exenta del IGIC por aplicación del artículo 10.1.28º de la Ley 20/1991.»

Los libros registro que debes llevar al día

Debes seguir llevando un Libro Registro de Facturas Emitidas y otro de Recibidas. La Agencia Tributaria Canaria puede pedírtelos en cualquier momento para comprobar que no has superado el límite de facturación.

Preguntas frecuentes sobre el Régimen Especial del Pequeño Empresario

  • ¿Puedo deducirme el IGIC de mis compras si estoy en el REPEP? No. Esta es la letra pequeña. Al no repercutir IGIC en tus ventas, tampoco puedes deducir el IGIC que pagas por tus gastos (compras de material, luz, teléfono, etc.). El IGIC para ti será un mayor coste.
  • ¿Es obligatorio o voluntario? Es un régimen al que te acoges voluntariamente si cumples los requisitos. Si por tu tipo de negocio te interesa más deducir gastos, podrías preferir el Régimen General.

¿Es el REPEP la mejor opción para tu negocio?

El REPEP es la opción ideal si eres un autónomo en Canarias que ofrece servicios a particulares y cuyos gastos de actividad no son excesivamente altos. Te quita un peso de encima en la gestión diaria y te permite centrarte en lo que de verdad importa: hacer crecer tu negocio.

Si tienes dudas sobre si cumples los requisitos o necesitas ayuda para presentar tu Modelo 400, en Asesorae somos expertos en fiscalidad canaria. Hablamos tu mismo idioma y sabemos cómo optimizar tu ahorro. ¡Contáctanos y asegúrate de que tu aventura emprendedora empiece con buen pie!

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Anabel Alonso

Especialista contable y asesora fiscal con 7 años de experiencia.

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