Las sociedades cooperativas son empresas que priorizan a las personas sobre el capital, combinando viabilidad económica con valores democráticos y solidarios. Si estás pensando en emprender con un equipo, crear una cooperativa puede ser la mejor opción para ti.
En esta guía completa te explicamos qué es una sociedad cooperativa, qué características tiene, los diferentes tipos que existen, sus ventajas fiscales y cómo constituir una paso a paso en España.
¿Qué es una sociedad cooperativa?
Una sociedad cooperativa es una forma jurídica empresarial basada en la asociación voluntaria de personas (físicas o jurídicas) que se unen para satisfacer necesidades comunes mediante una actividad empresarial de propiedad conjunta y gestión democrática.
Definición de empresa cooperativa
Según la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, una cooperativa es:
«Una sociedad constituida por personas que se asocian, en régimen de libre adhesión y baja voluntaria, para realizar actividades empresariales, encaminadas a satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas y sociales, con estructura y funcionamiento democrático.»
Principios fundamentales
Las cooperativas se rigen por los siete principios cooperativos establecidos por la Alianza Cooperativa Internacional (ACI):
- Adhesión voluntaria y abierta: cualquiera puede ser socio sin discriminación
- Gestión democrática: una persona = un voto (independientemente del capital aportado)
- Participación económica de los socios: contribución equitativa al capital
- Autonomía e independencia: son autónomas y democráticas
- Educación, formación e información: promueven la formación de socios
- Cooperación entre cooperativas: colaboran entre sí
- Compromiso con la comunidad: trabajan por el desarrollo sostenible
Estos valores diferencian las cooperativas de otras formas mercantiles como la sociedad limitada o la sociedad anónima.
¿Qué diferencia a una sociedad cooperativa de otras sociedades?
Diferencias clave con sociedades mercantiles
| Aspecto | Cooperativa | Sociedad Limitada (SL) |
| Objetivo | Satisfacción mutua de necesidades | Maximizar beneficios |
| Votos | 1 persona = 1 voto | Votos según participación |
| Reparto beneficios | Según actividad cooperativizada | Según participación en capital |
| Capital mínimo | Fijado en estatutos | 1 € (aunque recomendable 3.000 €) |
| Socios mínimos | 3 personas (1º grado) | 1 persona |
| Entrada/salida | Puertas abiertas (libre adhesión) | Restricciones en estatutos |
| Fiscalidad | Beneficios fiscales posibles | Impuesto Sociedades estándar |
| Filosofía | Economía social | Economía mercantil |
Número mínimo de socios
- Cooperativa de primer grado: mínimo 3 socios
- Cooperativa de segundo grado: mínimo 2 cooperativas
- Cooperativa de trabajo asociado en algunas CCAA: puede bastar con 2 socios
Gestión democrática
En una cooperativa, cada socio tiene un voto en la Asamblea General, independientemente de cuánto capital haya aportado. Esto contrasta radicalmente con las sociedades mercantiles, donde los votos son proporcionales a las participaciones.
Ejemplo práctico:
- En una SL: Si Juan tiene el 70% y María el 30%, Juan controla todas las decisiones
- En una cooperativa: Juan y María tienen el mismo peso en las votaciones (1 voto cada uno)
Puertas abiertas
Las cooperativas tienen un principio de adhesión voluntaria y libre: cualquier persona que cumpla los requisitos de los estatutos puede hacerse socio, y cualquier socio puede darse de baja voluntariamente.
Participación en el capital social y el patrimonio empresarial
Los socios:
- Aportan capital según los estatutos
- Participan en los excedentes proporcionalmente a su actividad cooperativizada (no a su capital)
- Tienen responsabilidad limitada a su aportación
¿Qué características tiene una sociedad cooperativa?
Las características principales de una sociedad cooperativa en España son:
Características legales
✓ Personalidad jurídica propia: independiente de sus socios
✓ Responsabilidad limitada: los socios no responden con su patrimonio personal
✓ Denominación social: debe incluir obligatoriamente «Sociedad Cooperativa» o «S. Coop.»
✓ Capital social variable: aumenta o disminuye según entren o salgan socios
✓ Constitución formal: mediante escritura pública e inscripción en el Registro de Cooperativas
Características de funcionamiento
✓ Una persona = un voto: democracia interna real
✓ Reparto según actividad: los excedentes se distribuyen según la participación de cada socio en la actividad cooperativizada
✓ Reservas obligatorias: deben destinar parte de los excedentes a reservas (Fondo de Reserva Obligatorio mínimo 20%)
✓ Fondo de Educación y Promoción: al menos el 5% de excedentes se destina a formación
Órganos de gobierno
- Asamblea General: órgano supremo, reúne a todos los socios
- Consejo Rector: órgano de gobierno y gestión (elegido por la Asamblea)
- Intervención: fiscaliza cuentas y gestión económica
- Comité de Recursos (opcional): resuelve reclamaciones internas
¿Qué tipo de sociedad cooperativa existen?
En España existen diversos tipos de cooperativas según su actividad:
Sociedad cooperativa de primer grado
Formada por personas físicas (y en algunos casos jurídicas). Los tipos más comunes son:
1. Cooperativas de trabajo asociado
Los socios son los propios trabajadores que aportan su trabajo personal. Son propietarios y trabajadores al mismo tiempo.
Ejemplos reales:
- Mondragón Corporación Cooperativa (País Vasco) – una de las mayores cooperativas del mundo
- Suma Gestión Tributaria (Alicante) – gestión tributaria
- Eroski – distribución alimentaria
Características:
- No cotizan como trabajadores por cuenta ajena sino como autónomos (RETA)
- Los socios reciben «anticipos laborales», no salarios
- Mayor control sobre su actividad profesional
2. Cooperativas de consumidores y usuarios
Agrupan a consumidores para adquirir bienes o servicios en mejores condiciones.
Ejemplos:
- Cooperativas de consumo de productos ecológicos
- Cooperativas de energía renovable
- Cooperativas de vivienda (para compra o alquiler)
3. Cooperativas de viviendas
Los socios se asocian para construir viviendas y adjudicárselas a precio de coste.
Ventajas:
- Ahorro del 15-25% frente al mercado libre
- Control total del proceso constructivo
- Sin intermediarios inmobiliarios
4. Cooperativas agrarias
Agrupan a agricultores y ganaderos para:
- Comprar insumos en común (semillas, fertilizantes, maquinaria)
- Comercializar la producción conjuntamente
- Transformar productos (bodegas, almazaras, queserías)
Ejemplos:
- Cooperativas vitivinícolas
- Cooperativas de aceite de oliva
- Cooperativas ganaderas
5. Cooperativas de servicios
Prestan servicios profesionales o empresariales a sus socios:
- Cooperativas de transporte
- Cooperativas de enseñanza
- Cooperativas sanitarias (médicos, dentistas)
- Cooperativas de seguros
- Cooperativas tecnológicas
Sociedad cooperativa de segundo grado
Formada por otras cooperativas (y en casos excepcionales personas físicas hasta el 45%).
Objetivo: Integración económica y empresarial de cooperativas de base.
Requisitos:
- Mínimo 2 cooperativas socias
- Refuerza la estructura cooperativa en el territorio
Ejemplos:
- Agrupaciones de cooperativas agrarias para exportación
- Centrales de compras de cooperativas de consumo
Sociedad cooperativa de producción
La cooperativa de producción es aquella en la que los socios aportan su trabajo, conocimientos y capital para producir bienes o prestar servicios de forma conjunta.
Características específicas
✓ Implicación directa de los socios en la actividad productiva
✓ Reparto de excedentes según el trabajo aportado
✓ Gestión colectiva y democrática
✓ Aplicable a cualquier sector: industrial, agrario, tecnológico, artesanal, servicios
Ejemplos por sector
Sector industrial: Cooperativa de fabricación de muebles
Sector agrícola: Cooperativa de producción hortofrutícola
Sector tecnológico: Cooperativa de desarrollo de software
Sector servicios: Cooperativa de arquitectos
Sector cultural: Cooperativa de producción audiovisual
¿Qué beneficios tiene abrir una sociedad cooperativa?
Ventajas de las cooperativas sobre otro tipo de empresas
Ventajas sociales y de gestión
✓ Democracia real: cada socio tiene el mismo peso en las decisiones
✓ Estabilidad laboral: los socios-trabajadores no se despiden a sí mismos
✓ Motivación: al ser propietarios, la implicación es mayor
✓ Flexibilidad: adaptables a distintos sectores y necesidades
✓ Puertas abiertas: facilita la incorporación de nuevos socios
Ventajas económicas
✓ Reparto justo: los beneficios van a quienes generan valor, no solo a inversores
✓ Responsabilidad limitada: como en una SL
✓ Resistencia a crisis: estadísticamente quiebran menos que empresas mercantiles
✓ Menor riesgo individual: al ser varios socios, el riesgo se reparte
Ventajas fiscales
✓ Cooperativas fiscalmente protegidas: bonificación del 50% en el Impuesto de Sociedades (tipo efectivo 12,5% vs. 25% general)
✓ Exención del ITP y AJD en constitución y ampliaciones de capital
✓ Bonificación del 95% en el IBI para cooperativas de viviendas
✓ Deducciones específicas en el Impuesto de Sociedades
Acceso a ayudas
✓ Subvenciones específicas de economía social
✓ Programas europeos del Fondo Social Europeo
✓ Líneas de financiación bonificadas
✓ Prioridad en contratación pública (economía social)
Desventajas a considerar
❌ Financiación más difícil: los bancos prefieren formas mercantiles tradicionales
❌ Decisiones más lentas: la democracia requiere consenso
❌ Complejidad administrativa: más trámites y obligaciones
❌ Necesidad de alineamiento: si los socios no están cohesionados, surgen problemas
❌ Menor conocimiento: muchos profesionales (asesores, bancos) conocen poco las cooperativas
¿Cómo funciona una sociedad cooperativa?
Los socios
Derechos de los socios:
- Participar en las actividades de la cooperativa
- Votar en la Asamblea General
- Ser elegido para cargos del Consejo Rector
- Participar en los excedentes
- Recibir información económica
- Darse de baja voluntariamente
Obligaciones de los socios:
- Cumplir los estatutos y reglamentos
- Participar en las actividades cooperativizadas
- Aportar el capital comprometido
- Asistir a las Asambleas
- Aceptar los cargos para los que sean elegidos
- Guardar secreto sobre actividades confidenciales
Los órganos de régimen interno
Asamblea General
- Órgano supremo: máxima autoridad
- Composición: todos los socios
- Frecuencia: al menos una vez al año (ordinaria)
- Funciones: aprueba cuentas, elige Consejo Rector, modifica estatutos
Quórum: Los estatutos fijan el mínimo para validez de acuerdos
Consejo Rector
- Órgano ejecutivo: gestiona la cooperativa
- Composición: elegido por la Asamblea (mínimo 3 miembros)
- Mandato: suele ser de 3-4 años renovables
- Funciones: gestión ordinaria, representación legal, ejecución de acuerdos
Intervención
- Órgano fiscalizador: controla cuentas y gestión
- Composición: 1-3 interventores
- Funciones: revisar libros, informar en Asamblea, censurar cuentas
La llevanza de libros oficiales
Las cooperativas deben llevar los siguientes libros obligatorios:
Libros sociales:
- Libro registro de socios
- Libro de actas de Asambleas
- Libro de actas del Consejo Rector
- Libro de actas de la Intervención
Libros contables:
- Libro diario
- Libro de inventarios y cuentas anuales
- Libro mayor
Estos libros deben legalizarse en el Registro de Cooperativas correspondiente.
¿Está limitada la responsabilidad de los socios de la sociedad cooperativa?
Sí, la responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado, igual que en una sociedad limitada.
Excepciones
Los socios podrían responder con su patrimonio personal solo en casos excepcionales:
- Si los estatutos lo prevén expresamente
- Por actuaciones dolosas o fraudulentas
- En cooperativas de seguros (responsabilidad específica)
En la práctica: La gran mayoría de cooperativas tienen responsabilidad limitada.
¿Qué capital ha de tener una sociedad cooperativa?
No existe un capital mínimo obligatorio a nivel estatal. El capital mínimo lo fijan los estatutos de cada cooperativa.
Criterios para fijar el capital
El capital debe ser suficiente para el objeto social:
- Cooperativas de servicios profesionales: pueden partir de 1.000-3.000 €
- Cooperativas de producción: depende de la inversión necesaria
- Cooperativas agrarias: según maquinaria e instalaciones
Composición del capital
El capital social se forma con:
- Aportaciones obligatorias: todos los socios deben aportar (fijado en estatutos)
- Aportaciones voluntarias: opcionales, pueden devengar intereses
Desembolso: Puede ser parcial en el momento de constitución (mínimo 25% en algunas CCAA).
¿Cómo se crea una sociedad cooperativa?
Constitución de una sociedad cooperativa en España paso a paso
Paso 1: Reunir el número mínimo de socios
- Cooperativa de 1º grado: mínimo 3 personas físicas
- Cooperativa de 2º grado: mínimo 2 cooperativas
Paso 2: Elegir denominación social
- Solicitar certificación negativa de denominación en el Registro de Cooperativas
- Debe incluir «Sociedad Cooperativa», «S. Coop.» o «S.C.»
Paso 3: Redactar los estatutos
Los estatutos deben incluir:
- Denominación y domicilio social
- Objeto social (actividad)
- Capital social mínimo y aportaciones
- Régimen de admisión y baja de socios
- Derechos y obligaciones
- Órganos de gobierno y funcionamiento
- Régimen económico y reparto de excedentes
- Causas de disolución
Paso 4: Solicitar calificación previa (opcional pero recomendable)
El Registro de Cooperativas puede revisar los estatutos antes de la firma, evitando problemas posteriores.
Paso 5: Otorgar escritura pública
Acudir a notario con:
- Estatutos
- DNI de todos los socios fundadores
- Certificación negativa de denominación
- Acta de constitución firmada
Contenido de la escritura:
- Identidad de los socios
- Voluntad de constituir la cooperativa
- Aportaciones de cada socio
- Estatutos completos
- Miembros del primer Consejo Rector
Paso 6: Inscribir en el Registro de Cooperativas
Plazo: 2 meses desde el otorgamiento de la escritura
Registro competente:
- Registro General de Cooperativas: para cooperativas de ámbito estatal
- Registros autonómicos: para cooperativas de ámbito autonómico (la mayoría)
Una vez inscrita, la cooperativa adquiere personalidad jurídica plena.
Paso 7: Obtener CIF y alta censal
- Solicitar NIF/CIF en la Agencia Tributaria
- Presentar Modelo 036 de alta censal
Paso 8: Alta en la Seguridad Social
- Los socios trabajadores se dan de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos)
- Si hay trabajadores contratados, alta en el Régimen General
Paso 9: Legalizar libros oficiales
Legalizar en el Registro de Cooperativas:
- Libros sociales
- Libros contables
Paso 10: Licencias y permisos
Según la actividad, obtener:
- Licencia de apertura
- Permisos sanitarios
- Autorizaciones sectoriales
Coste aproximado de constituir una cooperativa
- Notario: 150-300 €
- Registro: 100-200 €
- Gestoría/asesoría: 400-800 €
- Total aproximado: 650-1.300 €
Más las aportaciones de capital social que se fijen en estatutos.
¿Cómo tributa la sociedad cooperativa?
Las cooperativas tributan por el Impuesto de Sociedades, pero con un régimen especial.
Cooperativas protegidas vs. no protegidas
Cooperativas fiscalmente protegidas
Cumplen todos los requisitos de la Ley 20/1990 y disfrutan de:
✓ Tipo impositivo reducido: 20% (vs. 25% general) sobre resultados cooperativos
✓ Bonificación del 50%: tipo efectivo del 10% en rentas cooperativizadas
✓ Exención en ITP y AJD: constitución y ampliaciones
✓ Bonificación 95% IBI: para cooperativas de viviendas
Cooperativas no protegidas
Tributan al tipo general del 25% como cualquier sociedad mercantil.
Resultados cooperativos vs. extracooperativos
Las cooperativas deben distinguir:
- Resultados cooperativos: de la actividad con los socios (fiscalidad favorable)
- Resultados extracooperativos: de operaciones con terceros (fiscalidad normal)
¿Existen incentivos o beneficios fiscales para algún tipo de sociedad cooperativa?
Sí, las cooperativas especialmente protegidas tienen aún más ventajas:
Tipos de cooperativas especialmente protegidas
- Cooperativas de trabajo asociado
- Cooperativas agrarias
- Cooperativas de explotación comunitaria de la tierra
- Cooperativas del mar
- Cooperativas de consumidores y usuarios
Beneficio adicional: Tipo impositivo del 10% (bonificación del 50% sobre el 20%).
Preguntas frecuentes sobre la sociedad cooperativa
¿Cuántos socios se necesitan para crear una sociedad cooperativa?
Mínimo 3 personas para cooperativas de primer grado y 2 cooperativas para las de segundo grado. En algunas CCAA, las cooperativas de trabajo asociado pueden constituirse con 2 socios.
¿Qué capital mínimo requiere una sociedad cooperativa?
No hay capital mínimo legal estatal. Lo fijan los estatutos, debiendo ser suficiente para el objeto social. Puede ser desde 1.000 € hasta cifras mayores según la actividad.
¿Cómo tributan las sociedades cooperativas en España?
Por el Impuesto de Sociedades. Las cooperativas protegidas tributan al 20% (bonificable al 10%), mientras que las no protegidas al 25% general.
¿Qué diferencia hay entre una sociedad cooperativa y una sociedad limitada?
Diferencias principales:
- Votos: En cooperativa 1 persona = 1 voto; en SL según participación
- Reparto: En cooperativa según actividad; en SL según capital
- Filosofía: Cooperativa busca satisfacción mutua; SL busca beneficio económico
- Fiscalidad: Cooperativa protegida tiene ventajas; SL tributa al 25%
¿Los socios de una cooperativa de trabajo cotizan como autónomos?
Sí, los socios trabajadores cotizan en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), no como trabajadores por cuenta ajena. Hay debate sobre cambiar esto, pero actualmente es así.
¿Puedo transformar mi autónomo o SL en cooperativa?
Sí, es posible transformar otras formas jurídicas en cooperativa mediante escritura pública, aunque el proceso tiene complejidades fiscales y mercantiles. Consulta con una asesoría especializada.
¿Las cooperativas pueden contratar trabajadores no socios?
Sí, pero con límites. El número de trabajadores no socios no puede superar el 30% (10% en cooperativas de trabajo asociado) del total de socios trabajadores, salvo excepciones justificadas.
Conclusión: la cooperativa como alternativa empresarial sostenible
La sociedad cooperativa es una forma jurídica sólida, democrática y con ventajas fiscales significativas para emprendedores que quieren crear un proyecto colectivo basado en valores de equidad y solidaridad.
Sus principales atractivos son: ✓ Gestión democrática (1 persona = 1 voto)
✓ Fiscalidad favorable (tipo del 10-20% vs. 25%)
✓ Reparto justo de excedentes
✓ Responsabilidad limitada
✓ Mayor estabilidad empresarial
Sin embargo, constituir y gestionar una cooperativa requiere conocer bien su régimen jurídico, fiscal y contable, que difiere del de las sociedades mercantiles tradicionales.
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