Modelo 347: qué es, para qué sirve y cómo presentarlo

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El Modelo 347 es la declaración informativa anual de operaciones con terceros que deben presentar autónomos y empresas a la Agencia Tributaria cuando superan el umbral de 3.005,06 € anuales con un mismo cliente o proveedor.

En esta guía completa te explicamos qué es el Modelo 347, para qué sirve, quién está obligado, exenciones, plazo de presentación 2026, cómo rellenarlo paso a paso, claves de operación, errores comunes y sanciones.

¿Qué es el modelo 347?

Definición del Modelo 347

El Modelo 347 es una declaración informativa anual donde autónomos y empresas declaran a Hacienda las operaciones realizadas con clientes y proveedores cuyo importe total anual supere los 3.005,06 € (IVA incluido).

Nombre oficial: «Declaración anual de operaciones con terceras personas»

Naturaleza: Modelo informativo (no se paga nada, solo se informa)

Declaración anual con terceros

Finalidad: Permitir a la Agencia Tributaria:

  • Cruzar datos entre declarantes
  • Verificar que todos declaran correctamente
  • Detectar discrepancias entre lo declarado por comprador y vendedor
  • Prevenir fraude fiscal

Ejemplo:

Tu empresa compra a PROVEEDOR A: 5.000 €

AMBOS declaran en Modelo 347:

– Tú: Compra de 5.000 € a PROVEEDOR A

– PROVEEDOR A: Venta de 5.000 € a tu empresa

Hacienda cruza → Deben coincidir

¿Para qué sirve el modelo 347?

Objetivos del modelo:

Control tributario: Hacienda verifica que se declaran todas las operaciones
Cruce de datos: Compara lo declarado por ambas partes
Prevención de fraude: Detecta operaciones no declaradas
Transparencia: Visibilidad de las relaciones comerciales

Para ti como declarante:

  • Cumplimiento de obligación fiscal
  • Evitar sanciones
  • Demostrar transparencia ante Hacienda

¿Quién está obligado a presentar el modelo 347?

Obligados generales

SÍ deben presentarlo:

Autónomos (personas físicas)
Sociedades (SL, SA, cooperativas)
Profesionales (abogados, consultores, médicos, etc.)
Comunidades de bienes
Entidades sin ánimo de lucro
Administraciones públicas

Requisito: Haber realizado operaciones > 3.005,06 € con un mismo tercero durante el año.

Casos especiales de obligados

1. Empresas extranjeras:

  • Con establecimiento permanente en España
  • Deben declarar operaciones en territorio español

2. Entidades en regímenes especiales:

  • Entidades en atribución de rentas
  • Comunidades de propietarios (si aplica)

El caso de los módulos del modelo 347

Autónomos en módulos (estimación objetiva):

SÍ deben presentar el Modelo 347 si:

  • Han facturado > 3.005,06 € a un mismo cliente
  • Actividades: Agricultura, ganadería, pesca, transporte

Incluso si:

  • Tributan por módulos en IRPF
  • Están en recargo de equivalencia

Ejemplo:

Agricultor en módulos

Cliente único: 5.000 € facturados en 2025

→ SÍ debe presentar Modelo 347

¿Quién está exento de presentar el modelo 347?

Exenciones principales

NO están obligados:

Operaciones con retención IRPF:

  • Si TODAS las facturas tienen retención
  • Ejemplo: Servicios profesionales con retención 15%

Operaciones declaradas en otros modelos:

  • Modelo 349 (intracomunitarias)
  • Modelo 415 (agencias viajes, grupos IVA)

Entidades financieras:

  • Bancos y cajas (salvo alquileres)

Personas físicas no empresarios:

  • Particulares sin actividad económica

Ejemplo de exención por retención

CASO 1 – CON RETENCIÓN (EXENTO):

Facturas a cliente: 5.000 €

Todas con retención IRPF 15%

→ NO presenta Modelo 347

CASO 2 – SIN RETENCIÓN (OBLIGADO):

Facturas a cliente: 5.000 €

Sin retención IRPF

→ SÍ presenta Modelo 347

Alquileres y la cumplimentación del documento

Alquileres con retención:

  • Si el alquiler tiene retención del 19%
  • Arrendador y arrendatario: EXENTOS de Modelo 347

Alquileres sin retención:

  • Ambos (arrendador y arrendatario): OBLIGADOS a declarar en Modelo 347

Ejemplo:

Alquiler local: 4.000 €/año

CON retención 19%:

→ Se declara en Modelo 115

→ NO en Modelo 347

SIN retención:

→ SÍ en Modelo 347

¿Qué operaciones se deben declarar dentro del modelo 347?

Operaciones incluidas

Deben declararse:

Compras y ventas de bienes
Prestaciones de servicios
Arrendamientos (sin retención)
Subvenciones y ayudas recibidas
Intereses de préstamos entre empresas
Adquisiciones intracomunitarias de bienes usados, objetos de arte, antigüedades

¿Debo declarar en caso de una subvención?

, las subvenciones > 3.005,06 € deben declararse:

Quién declara: La Administración Pública que concede la subvención

Clave de operación: E (subvenciones, ayudas)

Incluye:

  • Subvenciones directas
  • Ayudas públicas
  • Becas a fundaciones

Asociaciones sin ánimo de lucro:

  • También deben declarar subvenciones recibidas > 3.005,06 €

¿Qué hay de las operaciones intracomunitarias?

NO se declaran en Modelo 347:

❌ Operaciones intracomunitarias (UE)
❌ Importaciones
❌ Exportaciones

Se declaran en:

  • Modelo 349: Operaciones intracomunitarias
  • Modelo 303: IVA de importaciones

¿Bajo qué otros términos se presenta el modelo 347?

Otros conceptos a declarar:

1. Intereses de préstamos:

  • Entre empresas/autónomos
  • Si superan 3.005,06 € anuales

2. Operaciones de fundaciones:

  • Igual que empresas
  • Declaran compras y ventas

3. Facturas sin retención:

  • Aunque sean servicios profesionales
  • Si NO llevan retención IRPF

¿Cuándo se presenta el modelo 347?

Plazos clave para 2026

Plazo de presentación: Del 1 al 28 de febrero

Campaña 2026 (ejercicio 2025):

Operaciones año: 2025

Presentación: 1-28 febrero 2026

No hay prórrogas: El plazo NO se amplía.

Formas de presentación del modelo 347

Obligatorio: Presentación telemática (online)

Formatos:

1. Formulario web:

  • Directamente en web de AEAT
  • Pocas operaciones (< 10-20)

2. Archivo CSV:

  • Generado por programa contabilidad
  • Muchas operaciones
  • Más habitual

¿Cómo presentar el modelo 347? Paso a paso

1. Identificarse en la página de la Agencia Tributaria

Acceso: sede.agenciatributaria.gob.es

Opciones de identificación:

Cl@ve PIN

  • Introduce NIF + fecha validez certificado
  • Recibes código SMS
  • Más fácil para usuarios ocasionales

Certificado electrónico

  • Certificado digital instalado
  • Más rápido
  • Recomendado para asesores y gestores

2. Completar el formulario o subir el fichero

Opción A: Formulario web:

  • «Presentación del modelo 347»
  • Rellenar campos manualmente

Opción B: Subir fichero:

  • Archivo CSV generado por tu software
  • «Presentación con fichero»

Cómo rellenar el modelo 347 de operaciones con terceros

Cómo rellenar el modelo 347 correctamente

Estructura del modelo: 3 páginas

Página 1: Hoja resumen

Datos del declarante:

Ejercicio: 2025 (año que declaras)
NIF: Tu número identificación fiscal
Apellidos y nombre / Razón social
Teléfono: Contacto

Tipo de declaración:

Complementaria:

  • Añades operaciones olvidadas
  • Número de justificante declaración anterior

Sustitutiva:

  • Corriges errores de declaración anterior
  • Anula y reemplaza la anterior

Resumen de los datos incluidos en la declaración

4 casillas a rellenar:

Casilla 1: Número de personas/entidades declaradas

Ejemplo: 15 (clientes y proveedores > 3.005,06 €)

Casilla 2: Importe total operaciones

Ejemplo: 150.000 € (suma de todas las operaciones)

Importante: CON IVA incluido

Casilla 3: Número de inmuebles arrendados

Ejemplo: 2 (locales que alquilas > 3.005,06 €/año)

Casilla 4: Importe total alquileres

Ejemplo: 24.000 € (suma alquileres del año)

Segunda página: relación de declarados

Por cada cliente/proveedor:

Información del declarado:

NIF: Del cliente/proveedor
Nombre / Razón social completa
Provincia: 2 primeros dígitos código postal (ej: 35 Las Palmas)
País: Si es extranjero

Clave de operación: (Ver apartado siguiente)

Importes trimestrales:

1T, 2T, 3T, 4T: Importe en cada trimestre

Anual: Suma total del año

Tipo operación:

  • A: Compras
  • B: Ventas
  • Ambas: Si has comprado Y vendido

Las claves de operación del modelo 347: qué son y cómo elegir la correcta

Claves de operación:

ClaveSignificado
AAdquisiciones (compras) de bienes o servicios
BEntregas (ventas) de bienes o servicios
CCobros por cuenta de terceros > 300,51 €
DAdquisiciones de entidades públicas
ESubvenciones y ayudas (solo Admin Pública)
FVentas de agencias de viajes
GAdquisiciones intracom. bienes usados/arte

Más habituales: A (compras) y B (ventas)

Ejemplo:

Has comprado a PROVEEDOR X: 5.000 €

→ Clave A

Has vendido a CLIENTE Y: 8.000 €

→ Clave B

Has comprado Y vendido a CLIENTE Z:

→ Pones 2 líneas (una clave A, otra clave B)

Tercera página: relación de inmuebles

Solo si tienes alquileres > 3.005,06 €

Por cada inmueble:

NIF arrendador
NIF arrendatario
Referencia catastral
Situación del inmueble (dirección completa)
Importe anual arrendamiento

Errores habituales al rellenar el modelo 347

Errores más comunes en la declaración

1. No incluir el IVA: ❌ Declarar solo base imponible
✓ Declarar base + IVA

2. Sumar operaciones con distintos NIF:

  • Si un cliente cambia de NIF, son 2 declarados distintos

3. Incluir operaciones con retención:

  • Si todas las facturas tienen retención IRPF → NO declarar

4. Olvidar trimestre:

  • Revisar que sumas los 4 trimestres

Errores en la documentación

  • NIF incorrecto del tercero
  • Razón social mal escrita
  • Referencia catastral errónea (inmuebles)

Errores de contabilidad

  • Importes no coinciden con libros contables
  • Duplicar operaciones
  • Olvidar proveedores/clientes

Diferencias entre lo declarado y lo recibido por terceros

Hacienda detecta cuando:

Tu declaras: Venta a CLIENTE X de 10.000 €

CLIENTE X declara: Compra tuya de 8.000 €

→ DISCREPANCIA → Requerimiento de Hacienda

Solución: Revisar antes de presentar.

Cómo conciliar datos antes del cierre del plazo

Pasos previos:

  1. Extraer datos de tu contabilidad
  2. Agrupar por tercero (NIF)
  3. Sumar operaciones por trimestre
  4. Comparar con facturas emitidas/recibidas
  5. Corregir discrepancias antes de presentar

Cómo corregir los errores en el modelo de operaciones con terceros

¿Cómo modificar modelo 347 presentado?

2 opciones:

1. Declaración complementaria:

  • Añades operaciones olvidadas
  • NO corriges datos erróneos
  • Se SUMA a la anterior

2. Declaración sustitutiva:

  • Corriges errores
  • ANULA y REEMPLAZA la anterior completamente
  • Hay que volver a incluir TODO (lo correcto + lo que ya estaba bien)

Carta modelo 347

Si Hacienda detecta error, puede enviarte:

  • Carta informativa: Aviso de discrepancia
  • Requerimiento: Solicitud de explicaciones

Plazo respuesta: Normalmente 10 días hábiles

Sanciones en caso de no presentar el modelo 347

Sanción por no presentar el modelo 347

Infracciones:

InfracciónSanción
No presentar20 € por dato omitido (mín. 300 €, máx. 20.000 €)
Fuera de plazo20 € por dato (mín. 300 €)
Datos incorrectos20 € por dato incorrecto

Ejemplo:

No presentas con 10 proveedores:

10 datos × 20 € = 200 €

Sanción mínima: 300 €

→ Pagas 300 €

Requerimiento previo: Hacienda suele dar oportunidad de presentar antes de sancionar.

Preguntas frecuentes sobre el modelo 347

¿Las operaciones a incluir son con o sin IVA?

CON IVA incluido. El importe de 3.005,06 € y todos los importes declarados deben incluir el IVA.

¿En qué formato se presenta el modelo 347?

Telemático (obligatorio). Puedes usar:

  • Formulario web de AEAT
  • Archivo CSV generado por software

¿Cómo se paga el modelo 347?

NO se paga nada. Es una declaración informativa, solo declaras las operaciones realizadas.

Si no tengo operaciones de 3.005,06€, ¿tengo que presentar el modelo?

NO, si ninguna operación con un mismo tercero supera 3.005,06 € anuales, NO estás obligado.

¿Y si resido en Canarias?

Sí debes presentarlo igual. El Modelo 347 aplica en todo el territorio español, incluidas Canarias, Ceuta y Melilla.

¿Las comunidades de propietarios tienen que presentar el modelo 347?

, si tienen operaciones > 3.005,06 € con un proveedor (ej: mantenimiento, limpieza).

¿Se puede modificar un modelo 347 ya presentado?

, mediante declaración complementaria (añadir) o sustitutiva (corregir).

¿En qué se diferencian el modelo 347 y el modelo 415?

AspectoModelo 347Modelo 415
QuiénEmpresas y autónomos generalesAgencias viajes, grupos IVA
QuéOperaciones con tercerosOperaciones específicas viajes/grupos
CuándoAnual (febrero)Mensual o anual

Herramientas para automatizar la presentación del Modelo 347

Software recomendado:

✓ Programas de contabilidad (Holded, Quipu, Sage, A3)
✓ Generan automáticamente el archivo CSV
✓ Exportación directa para presentar

Ventajas:

  • Agrupa operaciones automáticamente
  • Calcula importes trimestrales
  • Reduce errores

Conclusión: presenta correctamente el Modelo 347

El Modelo 347 es una declaración informativa anual obligatoria para autónomos y empresas que hayan realizado operaciones > 3.005,06 € con un mismo tercero durante el año.

Puntos clave: ✓ Plazo: 1-28 febrero cada año
Umbral: 3.005,06 € (IVA incluido)
Exenciones: Operaciones con retención IRPF, intracomunitarias
Formato: Telemático obligatorio
Sanciones: Desde 300 € por no presentar

No presentarlo o hacerlo mal puede suponer:

  • Sanciones económicas (mín. 300 €)
  • Requerimientos de Hacienda
  • Discrepancias en cruces de datos

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Anabel Alonso

Especialista contable y asesora fiscal con 7 años de experiencia.

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