El Modelo 390 es la declaración resumen anual del IVA que recoge todas las operaciones del año. Se presenta en enero (1-31) y resume los cuatro Modelo 303 trimestrales. Es informativo (no se paga).
En esta guía completa te explicamos qué es el Modelo 390, para qué sirve, quién debe presentarlo, exentos, plazo, cómo rellenarlo paso a paso, instrucciones por páginas, sanciones y diferencias con Modelo 303.
¿Qué es el modelo 390 de la AEAT?
Definición: Declaración informativa anual que resume todas las operaciones de IVA del año natural.
Características:
✓ Informativo: NO se paga (ya pagado en trimestrales 303)
✓ Anual: Una vez al año
✓ Resumen: Agrupa los 4 trimestres del 303
✓ Obligatorio: Para sujetos pasivos IVA régimen general
Base legal: Art. 164.Uno.5.a) Ley 37/1992 (Ley del IVA)
¿Para qué sirve el modelo 390?
Función: Control de coherencia entre:
- Los 4 Modelo 303 trimestrales
- La declaración anual Modelo 390
Objetivo Hacienda: Detectar errores, omisiones o fraude
Ejemplo:
Has presentado 4 Modelo 303 (trimestral):
- 1T: IVA devengado 5.000 €
- 2T: IVA devengado 6.000 €
- 3T: IVA devengado 5.500 €
- 4T: IVA devengado 7.000 €
──────
Total año: 23.500 €
Modelo 390: Debe reflejar 23.500 € IVA devengado
Si no coincide → Hacienda requiere explicación
¿Es obligatorio presentar el modelo 390?
SÍ, para la mayoría de sujetos pasivos IVA
Excepción: Algunos colectivos están exentos (ver siguiente sección)
¿Quién está obligado a presentar el modelo 390?
Obligados:
✓ Autónomos en régimen general de IVA
✓ Empresas sujetas a IVA
✓ Profesionales con actividad económica
✓ Quienes presenten Modelo 303 trimestral
Criterio: Si declaras IVA trimestral (303), declaras resumen anual (390)
Listado específico:
✓ Autónomos estimación directa
✓ Sociedades (SL, SA, etc.)
✓ Comunidades de bienes
✓ Sociedades civiles
✓ Profesionales colegiados
✓ Comercios y negocios
¿Quién no está obligado a presentar el modelo 390?
Exentos de presentar Modelo 390:
❌ Autónomos en módulos (régimen simplificado)
❌ Sujetos pasivos en régimen especial REAGP (agricultura)
❌ Quienes solo presentan Modelo 303 mensual como Grandes Empresas (presentan Modelo 303 mensual pero NO 390)
❌ Arrendadores de inmuebles urbanos (exentos IVA)
Importante: Si estás en módulos/simplificado, NO presentas 390
Ejemplo exento:
Autónomo bar en módulos:
- NO presenta Modelo 303
- NO presenta Modelo 390
- Paga IVA dentro del sistema de módulos
¿Cuándo se presenta el modelo 390? Plazos de presentación
Plazo: Del 1 al 31 de enero del año siguiente
Ejemplo:
Operaciones IVA año 2026:
Plazo presentación: 1-31 enero 2027
Si 31 enero es festivo/fin de semana: Siguiente día hábil
Importante: Es el mismo plazo que último trimestre (4T) del Modelo 303
Ambos modelos se presentan en enero:
- Modelo 303 del 4T → 1-20 enero
- Modelo 390 anual → 1-31 enero
¿Qué pasa si no se presenta el modelo 390? Sanciones por presentarlo fuera de plazo
Sanción por no presentar:
Infracción leve:
- 300 € si presentas sin requerimiento
- Mínimo 600 € si Hacienda requiere
Agravante: Si Hacienda detecta diferencias con los 303 trimestrales, puede abrir inspección
Recargos por retraso:
- Sin requerimiento: 150-300 €
- Con requerimiento: 600 € o más
Ejemplo sanción:
Fecha límite: 31 enero 2027
Presentas 15 febrero (sin requerimiento):
Sanción: 300 €
Hacienda te requiere el 10 marzo, presentas el 20 marzo:
Sanción: 600 €+
¿Cómo se puede presentar el modelo 390 a la AEAT?
Forma de presentación: Obligatoriamente ELECTRÓNICA
Dónde: sede.agenciatributaria.gob.es
Identificación:
- Certificado digital
- Cl@ve PIN
- DNI electrónico
NO se admite: Presentación en papel
¿Cómo rellenar el modelo 390 (para presentar a Hacienda)?
Documentación necesaria:
✓ Los 4 Modelo 303 del año (trimestrales)
✓ Facturas emitidas (ventas)
✓ Facturas recibidas (gastos)
✓ Libro registro IVA (devengado y soportado)
✓ Operaciones intracomunitarias (Modelo 349 si aplica)
Criterios de clasificación:
Por tipo impositivo:
- IVA 4% (superreducido)
- IVA 10% (reducido)
- IVA 21% (general)
Por origen:
- España
- UE (intracomunitarias)
- Extracomunitarias
Por naturaleza:
- Gastos corrientes
- Bienes de inversión (activos > 1 año)
Cómo presentar y cumplimentar el modelo 390
El Modelo 390 tiene 8 páginas. Vamos paso a paso:
Página 1: Datos de identificación
Sujeto pasivo:
✓ NIF: Número identificación fiscal
✓ Nombre/Razón social: Autónomo o empresa
✓ Registro devolución anual: Marca si estás inscrito (raro)
✓ Régimen grupo entidades: Marca si aplica (Art. 163 Ley IVA)
Ejemplo:
NIF: 12345678A
Apellidos y nombre: García Pérez, Juan
Registro devolución anual: NO
Régimen grupo entidades: NO
Devengo
Ejercicio: Año que declaras (ej: 2026)
Declaración sustitutiva:
- Marca si corriges una anterior
- Indica número de justificante anterior
Datos estadísticos
Actividad económica:
✓ Epígrafe IAE: El de tu actividad (ej: 641.2 – Restaurantes)
✓ Clave actividad: Código actividad económica
✓ Modelo 347: Marca casilla D si presentas (operaciones > 3.005 €)
Si declaraciones conjuntas: Incluye NIF y razón social de terceros
Datos del representante
Solo si actúas mediante representante:
✓ NIF representante
✓ Nombre completo
✓ Relación con el sujeto pasivo
Firma: En presentación electrónica, automática con certificado
Página 2: IVA devengado
IVA devengado
Qué incluir: Todos los ingresos con IVA del año
Celdas 1-6: Régimen ordinario
Operaciones en España (régimen general):
Casillas 1-2: Base imponible y cuota IVA 4%
Casillas 3-4: Base imponible y cuota IVA 10%
Casillas 5-6: Base imponible y cuota IVA 21%
Ejemplo:
Ventas año 2026:
IVA 21%:
- Base imponible: 50.000 € (casilla 01)
- Cuota IVA: 10.500 € (casilla 02)
IVA 10%:
- Base imponible: 20.000 € (casilla 03)
- Cuota IVA: 2.000 € (casilla 04)
Intragrupo: Casillas 500 a 505 y 531 a 534
Solo si: Perteneces a grupo de entidades (Art. 163 Ley IVA)
Qué incluir: Operaciones entre empresas del grupo
La mayoría: Dejar en 0 (no aplica)
Régimen de bienes usados, objetos de arte, antigüedades
Casillas 07-12 y 535-538
Solo si: Vendes bienes usados (coches, muebles antiguos, arte)
Mayoría autónomos: NO aplica (dejar en 0)
Agencias de Viajes: casillas 13 a 14 y 539 a 540
Solo agencias de viaje
Régimen especial: Margen de beneficio
Resto: Dejar en 0
Adquisiciones intracomunitarias: casillas 1 a 26 y de 541 a 552
Adquisiciones comunitarias
Si tienes NIF intracomunitario (ROI – Registro Operadores Intracomunitarios):
Compras en UE sin IVA español:
Casillas 20-22: Bienes corrientes IVA 21% (base + cuota)
Casillas 23-24: Bienes corrientes IVA 10%
Casillas 25-26: Bienes corrientes IVA 4%
Ejemplo:
Compras a proveedor alemán (con ROI):
Mercancía: 10.000 €
Sin IVA alemán ni español en factura
Casilla 20: 10.000 € (base imponible)
Casilla 22: 2.100 € (IVA 21% autoliquidado)
→ Este IVA lo declaras devengado Y deducible
Si NO tienes ROI: Proveedor UE te factura con IVA español (dejar casillas en 0)
IVA devengado: casillas 27 y 28
Inversión del sujeto pasivo:
Qué es: Operaciones donde TÚ liquidas el IVA (no el proveedor)
Ejemplos:
- Compras a autónomo acogido a régimen especial
- Ejecuciones de obra
- Entregas de inmuebles entre empresarios
Casilla 27: Base imponible
Casilla 28: Cuota (21% de casilla 27)
Celdas 29 a 34
Casillas 29-30: Modificaciones bases imponibles (+ o -)
Casillas 31-32: Ajustes por concurso de acreedores
Casillas 33-34: TOTAL IVA devengado (suma todo)
Página 3: IVA deducible
IVA deducible
Qué incluir: Todos los gastos con IVA deducible
Requisito: Facturas completas (NO tickets)
Clasificación:
Por tipo:
- Gastos corrientes (consumo < 1 año)
- Inversiones (activos > 1 año)
Por origen:
- España
- UE
- Extracomunitarias
Casillas 35-46: IVA soportado en España
Ejemplo:
Compras España 2026:
Gastos corrientes IVA 21%:
- Base: 20.000 € (casilla 35)
- IVA: 4.200 € (casilla 36)
Inversiones IVA 21%:
- Base: 5.000 € (casilla 41)
- IVA: 1.050 € (casilla 42)
Casillas 47-58: IVA de adquisiciones intracomunitarias
Casillas 59-70: Inversión sujeto pasivo
Página 4: Bienes de inversión
Qué incluir: Compras de activos fijos (vida útil > 1 año)
Ejemplos:
- Maquinaria
- Vehículos
- Equipos informáticos
- Mobiliario
- Inmuebles
Casillas 514-515: Inversiones IVA 4%
Casillas 516-517: Inversiones IVA 10%
Casillas 518-519: Inversiones IVA 21%
Página 5: Régimen simplificado (módulos)
Actividades en régimen simplificado
Solo autónomos en módulos
Casilla 83: Resultado actividades módulos
Mayoría: Dejar en 0 (régimen general no usa esta página)
Página 6: Resultado y volumen
Resultado liquidación anual
Resultado del ejercicio:
Casilla 84: Total IVA devengado – IVA deducible
Casilla 85: Compensaciones
Casilla 86: Resultado final
Ejemplo:
IVA devengado año: 12.000 €
IVA deducible año: 8.000 €
──────
Resultado: 4.000 € (a ingresar)
Casilla 84: 4.000 €
Tributación por razón de Administración
Solo si operas en: Vizcaya, Álava, Guipúzcoa, Navarra
Casillas 87-93: Porcentaje operaciones en cada territorio
Mayoría: Dejar en 0
Resultado de las liquidaciones
Casilla 94: Suma resultados 4 trimestres (Modelo 303)
Debe coincidir con casilla 86
Volumen de operaciones
Casilla 95: Total operaciones del año
Incluye: Ventas + servicios (con y sin IVA)
Páginas 7 y 8: Operaciones específicas
Operaciones específicas
Casillas para:
✓ Operaciones no sujetas
✓ Operaciones exentas
✓ Entregas intracomunitarias
✓ Exportaciones
✓ Operaciones inversión sujeto pasivo
Prorrata
Solo si: Tienes actividades con IVA y sin IVA
Prorrata general: Porcentaje IVA deducible
Mayoría: Deducción 100% (dejar en blanco)
Actividades con regímenes de deducción diferenciados
Solo empresas con múltiples actividades
Mayoría: Dejar en blanco
Diferencia entre Modelo 303 y Modelo 390
Tabla comparativa:
| Concepto | Modelo 303 | Modelo 390 |
|---|---|---|
| Periodicidad | Trimestral (4 veces/año) | Anual (1 vez/año) |
| Cuándo | 20 días tras trimestre | 1-31 enero |
| Función | Liquidar y pagar IVA | Informar resumen anual |
| Pago | SÍ (salida dinero) | NO (informativo) |
| Obligatorio | SÍ | SÍ (si presentas 303) |
Importante: Modelo 390 resume los 4 Modelo 303
Preguntas frecuentes
¿El Modelo 390 es informativo o se paga?
Informativo. NO se paga nada (ya pagado en trimestrales).
¿Qué pasa si hay diferencias entre 303 y 390?
Hacienda puede requerir explicación o abrir inspección.
¿Puedo modificar el 390 después de presentarlo?
SÍ, presentando declaración sustitutiva con casilla marcada.
¿Los módulos presentan Modelo 390?
NO, autónomos en módulos están exentos.
¿Cuánto tarda Hacienda en procesar el 390?
Procesamiento automático. Si hay incidencias, contactan en 2-6 meses.
Conclusión
El Modelo 390 es el resumen anual del IVA que NO genera pago pero es obligatorio presentar:
Puntos clave:
✓ Plazo: 1-31 enero (año siguiente)
✓ Informativo: Resume los 4 Modelo 303
✓ Obligatorio: Autónomos y empresas en régimen general
✓ Exentos: Módulos, REAGP, arrendadores
✓ Sanción: 300-600 € por no presentar
✓ 8 páginas: Datos, IVA devengado, deducible, resultado
Proceso:
Durante 2026:
- Presentas 4 Modelo 303 (trimestrales) → PAGAS IVA
Enero 2027:
- Presentas Modelo 390 (resumen) → NO PAGAS
No presentar el Modelo 390 puede suponer:
- Multa 300 € (sin requerimiento)
- Multa 600 €+ (con requerimiento)
- Inspección si hay diferencias con 303
- Regularización de diferencias detectadas
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