Modelo 347: qué es, para qué sirve y cómo presentarlo

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El Modelo 347 es la declaración informativa anual de operaciones con terceros que deben presentar autónomos y empresas a la Agencia Tributaria cuando superan el umbral de 3.005,06 € anuales con un mismo cliente o proveedor.

En esta guía completa te explicamos qué es el Modelo 347, para qué sirve, quién está obligado, exenciones, plazo de presentación 2026, cómo rellenarlo paso a paso, claves de operación, errores comunes y sanciones.

¿Qué es el modelo 347?

Definición del Modelo 347

El Modelo 347 es una declaración informativa anual donde autónomos y empresas declaran a Hacienda las operaciones realizadas con clientes y proveedores cuyo importe total anual supere los 3.005,06 € (IVA incluido).

Nombre oficial: «Declaración anual de operaciones con terceras personas»

Naturaleza: Modelo informativo (no se paga nada, solo se informa)

Declaración anual con terceros

Finalidad: Permitir a la Agencia Tributaria:

  • Cruzar datos entre declarantes
  • Verificar que todos declaran correctamente
  • Detectar discrepancias entre lo declarado por comprador y vendedor
  • Prevenir fraude fiscal

Ejemplo:

Tu empresa compra a PROVEEDOR A: 5.000 €

AMBOS declaran en Modelo 347:

– Tú: Compra de 5.000 € a PROVEEDOR A

– PROVEEDOR A: Venta de 5.000 € a tu empresa

Hacienda cruza → Deben coincidir

¿Para qué sirve el modelo 347?

Objetivos del modelo:

✓ Control tributario: Hacienda verifica que se declaran todas las operaciones
✓ Cruce de datos: Compara lo declarado por ambas partes
✓ Prevención de fraude: Detecta operaciones no declaradas
✓ Transparencia: Visibilidad de las relaciones comerciales

Para ti como declarante:

  • Cumplimiento de obligación fiscal
  • Evitar sanciones
  • Demostrar transparencia ante Hacienda

¿Quién está obligado a presentar el modelo 347?

Obligados generales

SÍ deben presentarlo:

✓ Autónomos (personas físicas)
✓ Sociedades (SL, SA, cooperativas)
✓ Profesionales (abogados, consultores, médicos, etc.)
✓ Comunidades de bienes
✓ Entidades sin ánimo de lucro
✓ Administraciones públicas

Requisito: Haber realizado operaciones > 3.005,06 € con un mismo tercero durante el año.

Casos especiales de obligados

1. Empresas extranjeras:

  • Con establecimiento permanente en España
  • Deben declarar operaciones en territorio español

2. Entidades en regímenes especiales:

  • Entidades en atribución de rentas
  • Comunidades de propietarios (si aplica)

El caso de los módulos del modelo 347

Autónomos en módulos (estimación objetiva):

SÍ deben presentar el Modelo 347 si:

  • Han facturado > 3.005,06 € a un mismo cliente
  • Actividades: Agricultura, ganadería, pesca, transporte

Incluso si:

  • Tributan por módulos en IRPF
  • Están en recargo de equivalencia

Ejemplo:

Agricultor en módulos

Cliente único: 5.000 € facturados en 2025

→ SÍ debe presentar Modelo 347

¿Quién está exento de presentar el modelo 347?

Exenciones principales

NO están obligados:

❌ Operaciones con retención IRPF:

  • Si TODAS las facturas tienen retención
  • Ejemplo: Servicios profesionales con retención 15%

❌ Operaciones declaradas en otros modelos:

  • Modelo 349 (intracomunitarias)
  • Modelo 415 (agencias viajes, grupos IVA)

❌ Entidades financieras:

  • Bancos y cajas (salvo alquileres)

❌ Personas físicas no empresarios:

  • Particulares sin actividad económica

Ejemplo de exención por retención

CASO 1 – CON RETENCIÓN (EXENTO):

Facturas a cliente: 5.000 €

Todas con retención IRPF 15%

→ NO presenta Modelo 347

CASO 2 – SIN RETENCIÓN (OBLIGADO):

Facturas a cliente: 5.000 €

Sin retención IRPF

→ SÍ presenta Modelo 347

Alquileres y la cumplimentación del documento

Alquileres con retención:

  • Si el alquiler tiene retención del 19%
  • Arrendador y arrendatario: EXENTOS de Modelo 347

Alquileres sin retención:

  • Ambos (arrendador y arrendatario): OBLIGADOS a declarar en Modelo 347

Ejemplo:

Alquiler local: 4.000 €/año

CON retención 19%:

→ Se declara en Modelo 115

→ NO en Modelo 347

SIN retención:

→ SÍ en Modelo 347

¿Qué operaciones se deben declarar dentro del modelo 347?

Operaciones incluidas

Deben declararse:

✓ Compras y ventas de bienes
✓ Prestaciones de servicios
✓ Arrendamientos (sin retención)
✓ Subvenciones y ayudas recibidas
✓ Intereses de préstamos entre empresas
✓ Adquisiciones intracomunitarias de bienes usados, objetos de arte, antigüedades

¿Debo declarar en caso de una subvención?

SÍ, las subvenciones > 3.005,06 € deben declararse:

Quién declara: La Administración Pública que concede la subvención

Clave de operación: E (subvenciones, ayudas)

Incluye:

  • Subvenciones directas
  • Ayudas públicas
  • Becas a fundaciones

Asociaciones sin ánimo de lucro:

  • También deben declarar subvenciones recibidas > 3.005,06 €

¿Qué hay de las operaciones intracomunitarias?

NO se declaran en Modelo 347:

❌ Operaciones intracomunitarias (UE)
❌ Importaciones
❌ Exportaciones

Se declaran en:

  • Modelo 349: Operaciones intracomunitarias
  • Modelo 303: IVA de importaciones

¿Bajo qué otros términos se presenta el modelo 347?

Otros conceptos a declarar:

1. Intereses de préstamos:

  • Entre empresas/autónomos
  • Si superan 3.005,06 € anuales

2. Operaciones de fundaciones:

  • Igual que empresas
  • Declaran compras y ventas

3. Facturas sin retención:

  • Aunque sean servicios profesionales
  • Si NO llevan retención IRPF

¿Cuándo se presenta el modelo 347?

Plazos clave para 2026

Plazo de presentación: Del 1 al 28 de febrero

Campaña 2026 (ejercicio 2025):

Operaciones año: 2025

Presentación: 1-28 febrero 2026

No hay prórrogas: El plazo NO se amplía.

Formas de presentación del modelo 347

Obligatorio: Presentación telemática (online)

Formatos:

1. Formulario web:

  • Directamente en web de AEAT
  • Pocas operaciones (< 10-20)

2. Archivo CSV:

  • Generado por programa contabilidad
  • Muchas operaciones
  • Más habitual

¿Cómo presentar el modelo 347? Paso a paso

1. Identificarse en la página de la Agencia Tributaria

Acceso: sede.agenciatributaria.gob.es

Opciones de identificación:

Cl@ve PIN

  • Introduce NIF + fecha validez certificado
  • Recibes código SMS
  • Más fácil para usuarios ocasionales

Certificado electrónico

  • Certificado digital instalado
  • Más rápido
  • Recomendado para asesores y gestores

2. Completar el formulario o subir el fichero

Opción A: Formulario web:

  • «Presentación del modelo 347»
  • Rellenar campos manualmente

Opción B: Subir fichero:

  • Archivo CSV generado por tu software
  • «Presentación con fichero»

Cómo rellenar el modelo 347 de operaciones con terceros

Cómo rellenar el modelo 347 correctamente

Estructura del modelo: 3 páginas

Página 1: Hoja resumen

Datos del declarante:

✓ Ejercicio: 2025 (año que declaras)
✓ NIF: Tu número identificación fiscal
✓ Apellidos y nombre / Razón social
✓ Teléfono: Contacto

Tipo de declaración:

Complementaria:

  • Añades operaciones olvidadas
  • Número de justificante declaración anterior

Sustitutiva:

  • Corriges errores de declaración anterior
  • Anula y reemplaza la anterior

Resumen de los datos incluidos en la declaración

4 casillas a rellenar:

Casilla 1: Número de personas/entidades declaradas

Ejemplo: 15 (clientes y proveedores > 3.005,06 €)

Casilla 2: Importe total operaciones

Ejemplo: 150.000 € (suma de todas las operaciones)

Importante: CON IVA incluido

Casilla 3: Número de inmuebles arrendados

Ejemplo: 2 (locales que alquilas > 3.005,06 €/año)

Casilla 4: Importe total alquileres

Ejemplo: 24.000 € (suma alquileres del año)

Segunda página: relación de declarados

Por cada cliente/proveedor:

Información del declarado:

✓ NIF: Del cliente/proveedor
✓ Nombre / Razón social completa
✓ Provincia: 2 primeros dígitos código postal (ej: 35 Las Palmas)
✓ País: Si es extranjero

Clave de operación: (Ver apartado siguiente)

Importes trimestrales:

1T, 2T, 3T, 4T: Importe en cada trimestre

Anual: Suma total del año

Tipo operación:

  • A: Compras
  • B: Ventas
  • Ambas: Si has comprado Y vendido

Las claves de operación del modelo 347: qué son y cómo elegir la correcta

Claves de operación:

ClaveSignificado
AAdquisiciones (compras) de bienes o servicios
BEntregas (ventas) de bienes o servicios
CCobros por cuenta de terceros > 300,51 €
DAdquisiciones de entidades públicas
ESubvenciones y ayudas (solo Admin Pública)
FVentas de agencias de viajes
GAdquisiciones intracom. bienes usados/arte

Más habituales: A (compras) y B (ventas)

Ejemplo:

Has comprado a PROVEEDOR X: 5.000 €

→ Clave A

Has vendido a CLIENTE Y: 8.000 €

→ Clave B

Has comprado Y vendido a CLIENTE Z:

→ Pones 2 líneas (una clave A, otra clave B)

Tercera página: relación de inmuebles

Solo si tienes alquileres > 3.005,06 €

Por cada inmueble:

✓ NIF arrendador
✓ NIF arrendatario
✓ Referencia catastral
✓ Situación del inmueble (dirección completa)
✓ Importe anual arrendamiento

Errores habituales al rellenar el modelo 347

Errores más comunes en la declaración

1. No incluir el IVA: ❌ Declarar solo base imponible
✓ Declarar base + IVA

2. Sumar operaciones con distintos NIF:

  • Si un cliente cambia de NIF, son 2 declarados distintos

3. Incluir operaciones con retención:

  • Si todas las facturas tienen retención IRPF → NO declarar

4. Olvidar trimestre:

  • Revisar que sumas los 4 trimestres

Errores en la documentación

  • NIF incorrecto del tercero
  • Razón social mal escrita
  • Referencia catastral errónea (inmuebles)

Errores de contabilidad

  • Importes no coinciden con libros contables
  • Duplicar operaciones
  • Olvidar proveedores/clientes

Diferencias entre lo declarado y lo recibido por terceros

Hacienda detecta cuando:

Tu declaras: Venta a CLIENTE X de 10.000 €

CLIENTE X declara: Compra tuya de 8.000 €

→ DISCREPANCIA → Requerimiento de Hacienda

Solución: Revisar antes de presentar.

Cómo conciliar datos antes del cierre del plazo

Pasos previos:

  1. Extraer datos de tu contabilidad
  2. Agrupar por tercero (NIF)
  3. Sumar operaciones por trimestre
  4. Comparar con facturas emitidas/recibidas
  5. Corregir discrepancias antes de presentar

Cómo corregir los errores en el modelo de operaciones con terceros

¿Cómo modificar modelo 347 presentado?

2 opciones:

1. Declaración complementaria:

  • Añades operaciones olvidadas
  • NO corriges datos erróneos
  • Se SUMA a la anterior

2. Declaración sustitutiva:

  • Corriges errores
  • ANULA y REEMPLAZA la anterior completamente
  • Hay que volver a incluir TODO (lo correcto + lo que ya estaba bien)

Carta modelo 347

Si Hacienda detecta error, puede enviarte:

  • Carta informativa: Aviso de discrepancia
  • Requerimiento: Solicitud de explicaciones

Plazo respuesta: Normalmente 10 días hábiles

Sanciones en caso de no presentar el modelo 347

Sanción por no presentar el modelo 347

Infracciones:

InfracciónSanción
No presentar20 € por dato omitido (mín. 300 €, máx. 20.000 €)
Fuera de plazo20 € por dato (mín. 300 €)
Datos incorrectos20 € por dato incorrecto

Ejemplo:

No presentas con 10 proveedores:

10 datos × 20 € = 200 €

Sanción mínima: 300 €

→ Pagas 300 €

Requerimiento previo: Hacienda suele dar oportunidad de presentar antes de sancionar.

Preguntas frecuentes sobre el modelo 347

¿Las operaciones a incluir son con o sin IVA?

CON IVA incluido. El importe de 3.005,06 € y todos los importes declarados deben incluir el IVA.

¿En qué formato se presenta el modelo 347?

Telemático (obligatorio). Puedes usar:

  • Formulario web de AEAT
  • Archivo CSV generado por software

¿Cómo se paga el modelo 347?

NO se paga nada. Es una declaración informativa, solo declaras las operaciones realizadas.

Si no tengo operaciones de 3.005,06€, ¿tengo que presentar el modelo?

NO, si ninguna operación con un mismo tercero supera 3.005,06 € anuales, NO estás obligado.

¿Y si resido en Canarias?

Sí debes presentarlo igual. El Modelo 347 aplica en todo el territorio español, incluidas Canarias, Ceuta y Melilla.

¿Las comunidades de propietarios tienen que presentar el modelo 347?

Sí, si tienen operaciones > 3.005,06 € con un proveedor (ej: mantenimiento, limpieza).

¿Se puede modificar un modelo 347 ya presentado?

Sí, mediante declaración complementaria (añadir) o sustitutiva (corregir).

¿En qué se diferencian el modelo 347 y el modelo 415?

AspectoModelo 347Modelo 415
QuiénEmpresas y autónomos generalesAgencias viajes, grupos IVA
QuéOperaciones con tercerosOperaciones específicas viajes/grupos
CuándoAnual (febrero)Mensual o anual

Herramientas para automatizar la presentación del Modelo 347

Software recomendado:

✓ Programas de contabilidad (Holded, Quipu, Sage, A3)
✓ Generan automáticamente el archivo CSV
✓ Exportación directa para presentar

Ventajas:

  • Agrupa operaciones automáticamente
  • Calcula importes trimestrales
  • Reduce errores

Conclusión: presenta correctamente el Modelo 347

El Modelo 347 es una declaración informativa anual obligatoria para autónomos y empresas que hayan realizado operaciones > 3.005,06 € con un mismo tercero durante el año.

Puntos clave: ✓ Plazo: 1-28 febrero cada año
✓ Umbral: 3.005,06 € (IVA incluido)
✓ Exenciones: Operaciones con retención IRPF, intracomunitarias
✓ Formato: Telemático obligatorio
✓ Sanciones: Desde 300 € por no presentar

No presentarlo o hacerlo mal puede suponer:

  • Sanciones económicas (mín. 300 €)
  • Requerimientos de Hacienda
  • Discrepancias en cruces de datos

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Anabel Alonso

Especialista contable y asesora fiscal con 7 años de experiencia.

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