El Modelo 347 es la declaración informativa anual de operaciones con terceros que deben presentar autónomos y empresas a la Agencia Tributaria cuando superan el umbral de 3.005,06 € anuales con un mismo cliente o proveedor.
En esta guía completa te explicamos qué es el Modelo 347, para qué sirve, quién está obligado, exenciones, plazo de presentación 2026, cómo rellenarlo paso a paso, claves de operación, errores comunes y sanciones.
¿Qué es el modelo 347?
Definición del Modelo 347
El Modelo 347 es una declaración informativa anual donde autónomos y empresas declaran a Hacienda las operaciones realizadas con clientes y proveedores cuyo importe total anual supere los 3.005,06 € (IVA incluido).
Nombre oficial: «Declaración anual de operaciones con terceras personas»
Naturaleza: Modelo informativo (no se paga nada, solo se informa)
Declaración anual con terceros
Finalidad: Permitir a la Agencia Tributaria:
- Cruzar datos entre declarantes
- Verificar que todos declaran correctamente
- Detectar discrepancias entre lo declarado por comprador y vendedor
- Prevenir fraude fiscal
Ejemplo:
Tu empresa compra a PROVEEDOR A: 5.000 €
AMBOS declaran en Modelo 347:
– Tú: Compra de 5.000 € a PROVEEDOR A
– PROVEEDOR A: Venta de 5.000 € a tu empresa
Hacienda cruza → Deben coincidir
¿Para qué sirve el modelo 347?
Objetivos del modelo:
✓ Control tributario: Hacienda verifica que se declaran todas las operaciones
✓ Cruce de datos: Compara lo declarado por ambas partes
✓ Prevención de fraude: Detecta operaciones no declaradas
✓ Transparencia: Visibilidad de las relaciones comerciales
Para ti como declarante:
- Cumplimiento de obligación fiscal
- Evitar sanciones
- Demostrar transparencia ante Hacienda
¿Quién está obligado a presentar el modelo 347?
Obligados generales
SÍ deben presentarlo:
✓ Autónomos (personas físicas)
✓ Sociedades (SL, SA, cooperativas)
✓ Profesionales (abogados, consultores, médicos, etc.)
✓ Comunidades de bienes
✓ Entidades sin ánimo de lucro
✓ Administraciones públicas
Requisito: Haber realizado operaciones > 3.005,06 € con un mismo tercero durante el año.
Casos especiales de obligados
1. Empresas extranjeras:
- Con establecimiento permanente en España
- Deben declarar operaciones en territorio español
2. Entidades en regímenes especiales:
- Entidades en atribución de rentas
- Comunidades de propietarios (si aplica)
El caso de los módulos del modelo 347
Autónomos en módulos (estimación objetiva):
SÍ deben presentar el Modelo 347 si:
- Han facturado > 3.005,06 € a un mismo cliente
- Actividades: Agricultura, ganadería, pesca, transporte
Incluso si:
- Tributan por módulos en IRPF
- Están en recargo de equivalencia
Ejemplo:
Agricultor en módulos
Cliente único: 5.000 € facturados en 2025
→ SÍ debe presentar Modelo 347
¿Quién está exento de presentar el modelo 347?
Exenciones principales
NO están obligados:
❌ Operaciones con retención IRPF:
- Si TODAS las facturas tienen retención
- Ejemplo: Servicios profesionales con retención 15%
❌ Operaciones declaradas en otros modelos:
- Modelo 349 (intracomunitarias)
- Modelo 415 (agencias viajes, grupos IVA)
❌ Entidades financieras:
- Bancos y cajas (salvo alquileres)
❌ Personas físicas no empresarios:
- Particulares sin actividad económica
Ejemplo de exención por retención
CASO 1 – CON RETENCIÓN (EXENTO):
Facturas a cliente: 5.000 €
Todas con retención IRPF 15%
→ NO presenta Modelo 347
CASO 2 – SIN RETENCIÓN (OBLIGADO):
Facturas a cliente: 5.000 €
Sin retención IRPF
→ SÍ presenta Modelo 347
Alquileres y la cumplimentación del documento
Alquileres con retención:
- Si el alquiler tiene retención del 19%
- Arrendador y arrendatario: EXENTOS de Modelo 347
Alquileres sin retención:
- Ambos (arrendador y arrendatario): OBLIGADOS a declarar en Modelo 347
Ejemplo:
Alquiler local: 4.000 €/año
CON retención 19%:
→ Se declara en Modelo 115
→ NO en Modelo 347
SIN retención:
→ SÍ en Modelo 347
¿Qué operaciones se deben declarar dentro del modelo 347?
Operaciones incluidas
Deben declararse:
✓ Compras y ventas de bienes
✓ Prestaciones de servicios
✓ Arrendamientos (sin retención)
✓ Subvenciones y ayudas recibidas
✓ Intereses de préstamos entre empresas
✓ Adquisiciones intracomunitarias de bienes usados, objetos de arte, antigüedades
¿Debo declarar en caso de una subvención?
SÍ, las subvenciones > 3.005,06 € deben declararse:
Quién declara: La Administración Pública que concede la subvención
Clave de operación: E (subvenciones, ayudas)
Incluye:
- Subvenciones directas
- Ayudas públicas
- Becas a fundaciones
Asociaciones sin ánimo de lucro:
- También deben declarar subvenciones recibidas > 3.005,06 €
¿Qué hay de las operaciones intracomunitarias?
NO se declaran en Modelo 347:
❌ Operaciones intracomunitarias (UE)
❌ Importaciones
❌ Exportaciones
Se declaran en:
- Modelo 349: Operaciones intracomunitarias
- Modelo 303: IVA de importaciones
¿Bajo qué otros términos se presenta el modelo 347?
Otros conceptos a declarar:
1. Intereses de préstamos:
- Entre empresas/autónomos
- Si superan 3.005,06 € anuales
2. Operaciones de fundaciones:
- Igual que empresas
- Declaran compras y ventas
3. Facturas sin retención:
- Aunque sean servicios profesionales
- Si NO llevan retención IRPF
¿Cuándo se presenta el modelo 347?
Plazos clave para 2026
Plazo de presentación: Del 1 al 28 de febrero
Campaña 2026 (ejercicio 2025):
Operaciones año: 2025
Presentación: 1-28 febrero 2026
No hay prórrogas: El plazo NO se amplía.
Formas de presentación del modelo 347
Obligatorio: Presentación telemática (online)
Formatos:
1. Formulario web:
- Directamente en web de AEAT
- Pocas operaciones (< 10-20)
2. Archivo CSV:
- Generado por programa contabilidad
- Muchas operaciones
- Más habitual
¿Cómo presentar el modelo 347? Paso a paso
1. Identificarse en la página de la Agencia Tributaria
Acceso: sede.agenciatributaria.gob.es
Opciones de identificación:
Cl@ve PIN
- Introduce NIF + fecha validez certificado
- Recibes código SMS
- Más fácil para usuarios ocasionales
Certificado electrónico
- Certificado digital instalado
- Más rápido
- Recomendado para asesores y gestores
2. Completar el formulario o subir el fichero
Opción A: Formulario web:
- «Presentación del modelo 347»
- Rellenar campos manualmente
Opción B: Subir fichero:
- Archivo CSV generado por tu software
- «Presentación con fichero»
Cómo rellenar el modelo 347 de operaciones con terceros
Cómo rellenar el modelo 347 correctamente
Estructura del modelo: 3 páginas
Página 1: Hoja resumen
Datos del declarante:
✓ Ejercicio: 2025 (año que declaras)
✓ NIF: Tu número identificación fiscal
✓ Apellidos y nombre / Razón social
✓ Teléfono: Contacto
Tipo de declaración:
Complementaria:
- Añades operaciones olvidadas
- Número de justificante declaración anterior
Sustitutiva:
- Corriges errores de declaración anterior
- Anula y reemplaza la anterior
Resumen de los datos incluidos en la declaración
4 casillas a rellenar:
Casilla 1: Número de personas/entidades declaradas
Ejemplo: 15 (clientes y proveedores > 3.005,06 €)
Casilla 2: Importe total operaciones
Ejemplo: 150.000 € (suma de todas las operaciones)
Importante: CON IVA incluido
Casilla 3: Número de inmuebles arrendados
Ejemplo: 2 (locales que alquilas > 3.005,06 €/año)
Casilla 4: Importe total alquileres
Ejemplo: 24.000 € (suma alquileres del año)
Segunda página: relación de declarados
Por cada cliente/proveedor:
Información del declarado:
✓ NIF: Del cliente/proveedor
✓ Nombre / Razón social completa
✓ Provincia: 2 primeros dígitos código postal (ej: 35 Las Palmas)
✓ País: Si es extranjero
Clave de operación: (Ver apartado siguiente)
Importes trimestrales:
1T, 2T, 3T, 4T: Importe en cada trimestre
Anual: Suma total del año
Tipo operación:
- A: Compras
- B: Ventas
- Ambas: Si has comprado Y vendido
Las claves de operación del modelo 347: qué son y cómo elegir la correcta
Claves de operación:
| Clave | Significado |
| A | Adquisiciones (compras) de bienes o servicios |
| B | Entregas (ventas) de bienes o servicios |
| C | Cobros por cuenta de terceros > 300,51 € |
| D | Adquisiciones de entidades públicas |
| E | Subvenciones y ayudas (solo Admin Pública) |
| F | Ventas de agencias de viajes |
| G | Adquisiciones intracom. bienes usados/arte |
Más habituales: A (compras) y B (ventas)
Ejemplo:
Has comprado a PROVEEDOR X: 5.000 €
→ Clave A
Has vendido a CLIENTE Y: 8.000 €
→ Clave B
Has comprado Y vendido a CLIENTE Z:
→ Pones 2 líneas (una clave A, otra clave B)
Tercera página: relación de inmuebles
Solo si tienes alquileres > 3.005,06 €
Por cada inmueble:
✓ NIF arrendador
✓ NIF arrendatario
✓ Referencia catastral
✓ Situación del inmueble (dirección completa)
✓ Importe anual arrendamiento
Errores habituales al rellenar el modelo 347
Errores más comunes en la declaración
1. No incluir el IVA: ❌ Declarar solo base imponible
✓ Declarar base + IVA
2. Sumar operaciones con distintos NIF:
- Si un cliente cambia de NIF, son 2 declarados distintos
3. Incluir operaciones con retención:
- Si todas las facturas tienen retención IRPF → NO declarar
4. Olvidar trimestre:
- Revisar que sumas los 4 trimestres
Errores en la documentación
- NIF incorrecto del tercero
- Razón social mal escrita
- Referencia catastral errónea (inmuebles)
Errores de contabilidad
- Importes no coinciden con libros contables
- Duplicar operaciones
- Olvidar proveedores/clientes
Diferencias entre lo declarado y lo recibido por terceros
Hacienda detecta cuando:
Tu declaras: Venta a CLIENTE X de 10.000 €
CLIENTE X declara: Compra tuya de 8.000 €
→ DISCREPANCIA → Requerimiento de Hacienda
Solución: Revisar antes de presentar.
Cómo conciliar datos antes del cierre del plazo
Pasos previos:
- Extraer datos de tu contabilidad
- Agrupar por tercero (NIF)
- Sumar operaciones por trimestre
- Comparar con facturas emitidas/recibidas
- Corregir discrepancias antes de presentar
Cómo corregir los errores en el modelo de operaciones con terceros
¿Cómo modificar modelo 347 presentado?
2 opciones:
1. Declaración complementaria:
- Añades operaciones olvidadas
- NO corriges datos erróneos
- Se SUMA a la anterior
2. Declaración sustitutiva:
- Corriges errores
- ANULA y REEMPLAZA la anterior completamente
- Hay que volver a incluir TODO (lo correcto + lo que ya estaba bien)
Carta modelo 347
Si Hacienda detecta error, puede enviarte:
- Carta informativa: Aviso de discrepancia
- Requerimiento: Solicitud de explicaciones
Plazo respuesta: Normalmente 10 días hábiles
Sanciones en caso de no presentar el modelo 347
Sanción por no presentar el modelo 347
Infracciones:
| Infracción | Sanción |
| No presentar | 20 € por dato omitido (mín. 300 €, máx. 20.000 €) |
| Fuera de plazo | 20 € por dato (mín. 300 €) |
| Datos incorrectos | 20 € por dato incorrecto |
Ejemplo:
No presentas con 10 proveedores:
10 datos × 20 € = 200 €
Sanción mínima: 300 €
→ Pagas 300 €
Requerimiento previo: Hacienda suele dar oportunidad de presentar antes de sancionar.
Preguntas frecuentes sobre el modelo 347
¿Las operaciones a incluir son con o sin IVA?
CON IVA incluido. El importe de 3.005,06 € y todos los importes declarados deben incluir el IVA.
¿En qué formato se presenta el modelo 347?
Telemático (obligatorio). Puedes usar:
- Formulario web de AEAT
- Archivo CSV generado por software
¿Cómo se paga el modelo 347?
NO se paga nada. Es una declaración informativa, solo declaras las operaciones realizadas.
Si no tengo operaciones de 3.005,06€, ¿tengo que presentar el modelo?
NO, si ninguna operación con un mismo tercero supera 3.005,06 € anuales, NO estás obligado.
¿Y si resido en Canarias?
Sí debes presentarlo igual. El Modelo 347 aplica en todo el territorio español, incluidas Canarias, Ceuta y Melilla.
¿Las comunidades de propietarios tienen que presentar el modelo 347?
Sí, si tienen operaciones > 3.005,06 € con un proveedor (ej: mantenimiento, limpieza).
¿Se puede modificar un modelo 347 ya presentado?
Sí, mediante declaración complementaria (añadir) o sustitutiva (corregir).
¿En qué se diferencian el modelo 347 y el modelo 415?
| Aspecto | Modelo 347 | Modelo 415 |
| Quién | Empresas y autónomos generales | Agencias viajes, grupos IVA |
| Qué | Operaciones con terceros | Operaciones específicas viajes/grupos |
| Cuándo | Anual (febrero) | Mensual o anual |
Herramientas para automatizar la presentación del Modelo 347
Software recomendado:
✓ Programas de contabilidad (Holded, Quipu, Sage, A3)
✓ Generan automáticamente el archivo CSV
✓ Exportación directa para presentar
Ventajas:
- Agrupa operaciones automáticamente
- Calcula importes trimestrales
- Reduce errores
Conclusión: presenta correctamente el Modelo 347
El Modelo 347 es una declaración informativa anual obligatoria para autónomos y empresas que hayan realizado operaciones > 3.005,06 € con un mismo tercero durante el año.
Puntos clave: ✓ Plazo: 1-28 febrero cada año
✓ Umbral: 3.005,06 € (IVA incluido)
✓ Exenciones: Operaciones con retención IRPF, intracomunitarias
✓ Formato: Telemático obligatorio
✓ Sanciones: Desde 300 € por no presentar
No presentarlo o hacerlo mal puede suponer:
- Sanciones económicas (mín. 300 €)
- Requerimientos de Hacienda
- Discrepancias en cruces de datos
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