Despido por jubilación del autónomo: guía completa para trabajadores

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Si tu jefe es autónomo y se jubila, es normal que te preguntes qué pasa con tu contrato laboral. El despido por jubilación del autónomo es una causa legal de extinción del contrato, pero implica derechos e indemnizaciones para los trabajadores.

En esta guía completa te explicamos qué pasa cuando un autónomo se jubila, indemnizaciones que corresponden, requisitos legales, trámites a seguir, casos especiales y tus derechos como trabajador.

Marco Legal del Despido por Jubilación

Base legal del cese por jubilación

El despido por jubilación del autónomo está regulado en:

Artículo 49.1.e del Estatuto de los Trabajadores:

  • «Extinción del contrato de trabajo por causas válidas»
  • La jubilación del empresario individual es causa justificada

Artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores:

  • Regula la sucesión de empresa
  • Aplicable si hay transmisión del negocio

Real Decreto Legislativo 8/2015:

  • Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social
  • Regula los requisitos de jubilación

¿Cuáles son los requisitos para el despido por la jubilación del autónomo?

Para que el despido por jubilación sea legal, deben cumplirse dos condiciones:

1. Que el autónomo se jubile legalmente

Requisitos de jubilación 2026:

Edad ordinaria:

  • 65 años + 38 años cotizados (o más)
  • 66 años y 8 meses con menos de 38 años cotizados

Documentación necesaria: ✓ Resolución de la Seguridad Social concediendo la pensión
✓ Alta efectiva de la pensión
✓ Cese en la actividad como autónomo

Importante: El autónomo debe acreditar documentalmente su jubilación ante los trabajadores.

2. Que la empresa cierre

El negocio debe cesar definitivamente:

Baja en Hacienda (cese de actividad)
Baja en la Seguridad Social como autónomo
Cierre físico del negocio
No traspaso a terceros

Si el negocio continúa (venta, traspaso, herencia): NO procede despido, sino sucesión de empresa.

Si un autónomo se jubila: ¿qué pasa con los trabajadores?

Depende del escenario concreto. Analizamos cada caso:

1. Autónomo empresario individual que cierra su negocio

Situación: El autónomo se jubila y cierra definitivamente el negocio.

Consecuencias:

Extinción automática de los contratos laborales
Indemnización: 1 mes de salario por empleado
✅ Derecho a prestación por desempleo (si cumple requisitos)
Finiquito completo (salarios pendientes, vacaciones no disfrutadas, pagas extras)

Cálculo indemnización:

Salario mensual bruto: 1.500 €

Indemnización: 1.500 € × 1 mes = 1.500 €

Base legal: Art. 49.1.e del Estatuto de los Trabajadores

2. Autónomo que se jubila pero traspasa o vende el negocio

Situación: El autónomo se jubila pero transmite el negocio a otra persona.

Consecuencias:

NO hay extinción del contrato
Sucesión de empresa (art. 44 ET)
✅ El nuevo empresario asume todos los contratos
NO indemnización (contratos continúan)
✅ Antigüedad se mantiene

Obligaciones del nuevo empresario:

  • Respeta salarios y condiciones
  • Asume deudas laborales pendientes
  • Mantiene antigüedad de trabajadores

Para el trabajador: Todo sigue igual, solo cambia el empleador.

3. Si el empresario se jubila y es autónomo societario

Situación: El autónomo es socio/administrador de una Sociedad Limitada.

Clave: Los trabajadores NO dependen del socio, sino de la sociedad (persona jurídica).

Escenarios:

A) La sociedad continúa:

  • Los contratos NO se extinguen
  • Otro socio/administrador la gestiona
  • NO procede indemnización

B) La sociedad se disuelve:

  • Despido objetivo (causas económicas)
  • Indemnización: 20 días × años trabajados (máx. 12 mensualidades)
  • Requiere procedimiento específico

Ejemplo:

Trabajador con 5 años de antigüedad

Salario: 1.500 €/mes

Indemnización:

20 días × 5 años = 100 días

100 días × (1.500 / 30) = 5.000 €

4. Negocio heredado o transmitido a familiares

Situación: Un hijo u otro familiar continúa el negocio.

Consecuencias:

Sucesión de empresa
✅ Contratos se mantienen
NO indemnización
✅ Derechos intactos

Requisito: El negocio debe mantener su identidad (misma actividad, mismo local).

¿Cómo se tramita el despido por jubilación del autónomo?

El procedimiento varía según el número de trabajadores:

Hasta 5 trabajadores

Procedimiento simplificado:

Paso 1: El autónomo comunica por escrito la jubilación

Paso 2: Entrega carta de despido (ver modelo abajo)

Paso 3: Abona:

  • Indemnización (1 mes salario)
  • Finiquito completo
  • Certificado de empresa

Paso 4: El trabajador solicita el paro

Plazo de preaviso: Según convenio colectivo (normalmente 15 días)

Más de 5 trabajadores

Procedimiento con comunicación a autoridad laboral:

Paso 1: Comunicar a la autoridad laboral (Inspección de Trabajo)

Paso 2: Período de consultas con representantes (si los hay)

Paso 3: Autorización o informe de la autoridad

Paso 4: Carta de despido individual a cada trabajador

Paso 5: Pago de indemnizaciones y finiquitos

Importante: El incumplimiento del procedimiento puede convertir el despido en improcedente.

En caso de despido por jubilación del autónomo, ¿qué indemnización corresponde al trabajador?

Tabla de indemnizaciones según caso

SituaciónIndemnizaciónBase legal
Cierre por jubilación1 mes salarioArt. 49.1.e ET
Disolución SL20 días × año (máx. 12 mens.)Art. 51-52 ET
Traspaso/venta0 € (sucesión)Art. 44 ET
Despido improcedente33 días × año (máx. 24 mens.)Art. 56 ET

Cálculo del finiquito completo

Componentes del finiquito:

  1. Salarios pendientes
  2. Vacaciones no disfrutadas
  3. Parte proporcional paga extra
  4. Indemnización (según caso)

Ejemplo completo:

Trabajador con salario 1.500 €/mes

Fecha despido: 15 de febrero

Vacaciones pendientes: 10 días

FINIQUITO:

1. Salario 1-15 febrero: 750 €

2. Vacaciones (10 días): 500 €

3. Paga extra proporcional: 187,50 €

4. Indemnización (1 mes): 1.500 €

                         ════════

TOTAL FINIQUITO: 2.937,50 €

Indemnización y Prestación por Desempleo

¿Derecho a paro?

, el trabajador tiene derecho al desempleo si:

✓ Ha cotizado 360 días en los últimos 6 años
✓ Situación legal de desempleo
✓ Solicitud en 15 días hábiles

Duración prestación:

  • 12 meses cotizados → 4 meses de paro
  • 24 meses cotizados → 8 meses
  • 36 meses cotizados → 12 meses
  • etc.

Cuantía: 70% de la base reguladora (primeros 180 días), luego 50%

Carta de despido por jubilación del autónomo

Modelo de carta de despido

[MEMBRETE DE LA EMPRESA]

[Nombre trabajador]

[Dirección]

[Ciudad, CP]

[Ciudad], [Fecha]

Estimado/a [Nombre]:

Por medio de la presente le comunicamos que, en virtud de lo 

establecido en el artículo 49.1.e del Estatuto de los Trabajadores, 

procedemos a la EXTINCIÓN de su contrato de trabajo, con efectos 

desde el día [FECHA].

CAUSA: Jubilación del empresario y cese definitivo de la actividad.

El empresario D./Dª [NOMBRE AUTÓNOMO], con NIF [NIF], ha accedido 

a la jubilación por la Seguridad Social con efectos [FECHA], 

procediendo al cierre definitivo de la actividad económica.

INDEMNIZACIÓN: En cumplimiento de la normativa vigente, percibirá 

una indemnización equivalente a UN MES de salario, que asciende a 

la cantidad de [IMPORTE] euros brutos.

FINIQUITO: Se le hará entrega del finiquito correspondiente, que 

incluye:

– Salarios pendientes

– Vacaciones no disfrutadas

– Parte proporcional de pagas extraordinarias

– Indemnización legal

CERTIFICADO DE EMPRESA: Se adjunta certificado de empresa para 

la solicitud de la prestación por desempleo.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Fdo.: [NOMBRE Y FIRMA DEL EMPRESARIO]

RECIBÍ (firma del trabajador):

Fecha: _______________

Obligaciones del Empresario

Checklist del autónomo que se jubila

Documentación a entregar:

Carta de despido motivada
Certificado de empresa (para el paro)
Finiquito detallado
Liquidación de indemnización
Vida laboral del trabajador
✅ Copia de alta de jubilación

Trámites administrativos:

Comunicar cese a la Seguridad Social
Dar de baja en contrato@
Presentar Modelo 190 (retenciones anuales)
✅ Liquidar nómina final

Plazos:

  • Preaviso: Según convenio (15-30 días)
  • Pago finiquito: En la fecha de extinción
  • Entrega certificados: Inmediato

Derechos del Trabajador

¿El trabajador puede hacer algo?

Derechos del trabajador:

Recibir indemnización completa
Finiquito total
Certificado de empresa
Solicitar paro inmediatamente
Impugnar si el despido es irregular

¿Se considera despido improcedente?

NO, si se cumplen los requisitos:

  • Jubilación acreditada
  • Cierre real del negocio
  • Procedimiento correcto

SÍ es improcedente si:

  • El negocio continúa operando
  • No hay acreditación de jubilación
  • El autónomo sigue trabajando en otro sitio
  • No se paga la indemnización

Consecuencia despido improcedente:

  • Indemnización: 33 días × año (máx. 24 mensualidades)
  • O readmisión en el puesto

Consideraciones Adicionales

Jubilación autónomo colaborador

Autónomo colaborador: Familiar que trabaja en el negocio familiar (cónyuge, hijo < 30 años).

Si se jubila:

  • NO afecta directamente a empleados externos
  • El negocio puede continuar con otro titular familiar
  • Contratos laborales se mantienen

¿Un autónomo puede jubilarse y seguir teniendo empleados?

, mediante la jubilación activa:

Condiciones: ✓ Tener 65 años y 37 años cotizados (o 67 años)
✓ Mantener o contratar 1 trabajador (mínimo)
✓ Trabajar a tiempo completo o parcial

Limitación: Solo cobra el 50% de la pensión (100% si es nuevo contrato indefinido)

Para los empleados: Contratos se mantienen normalmente.

¿Qué ocurre con los contratos temporales?

También se extinguen si el negocio cierra:

  • Indemnización: 1 mes de salario
  • Finiquito proporcional
  • Derecho a paro (si procede)

Si estaban próximos a vencer: Se adelanta la extinción con indemnización.

Requisitos de jubilación de un autónomo

Requisitos completos de jubilación

Edad y cotización 2026:

SituaciónEdad jubilación
≥ 38 años cotizados65 años
< 38 años cotizados66 años y 8 meses

Cotización mínima: 15 años (2 dentro de últimos 15)

Tipos de jubilación

Jubilación ordinaria: Edad legal cumplida

Jubilación anticipada voluntaria:

  • Hasta 2 años antes
  • Penalización en la pensión

Jubilación anticipada involuntaria:

  • Por cese involuntario
  • Menor penalización

Jubilación activa:

  • Permite seguir trabajando
  • Cobra 50-100% pensión

La importancia de planificar la jubilación de un autónomo

Planificación anticipada

6 meses antes:

  • Comunicar intención a empleados
  • Estudiar opciones (cierre, venta, traspaso)
  • Calcular indemnizaciones necesarias

3 meses antes:

  • Solicitar pensión a Seguridad Social
  • Buscar comprador (si procede)
  • Preparar documentación

1 mes antes:

  • Confirmar fecha efectiva
  • Carta de preaviso a trabajadores
  • Asegurar liquidez para pagos

Costes a prever:

  • Indemnizaciones trabajadores
  • Finiquitos completos
  • Tasas por cierre
  • Asesoría legal/laboral

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo debe preavisar el autónomo a sus trabajadores?

Depende del convenio colectivo, pero generalmente:

  • 15 días (lo más habitual)
  • 30 días (algunos convenios)

Si no se preavisa: Indemnización adicional equivalente a los días no preaviso.

¿Y si el negocio se vende o hereda?

Sucesión de empresa (art. 44 ET):

  • Contratos continúan automáticamente
  • NO indemnización
  • Antigüedad se mantiene
  • Mismo salario y condiciones

¿El finiquito tributa en IRPF?

Depende del concepto:

  • Salarios pendientes: tributan
  • Vacaciones: tributan
  • Indemnización legal: EXENTA hasta límites legales
  • Indemnización exceso: Tributa

¿Puedo reclamar si considero el despido injusto?

, tienes 20 días hábiles desde el despido para:

  1. Presentar papeleta de conciliación (SMAC)
  2. Demandar ante Juzgado de lo Social

Motivos de reclamación:

  • Falta de causa real
  • Negocio que continúa
  • Procedimiento irregular
  • Indemnización insuficiente

Conclusión: conoce tus derechos ante la jubilación de tu jefe autónomo

El despido por jubilación del autónomo es una causa legal de extinción del contrato, pero implica derechos para los trabajadores:

Indemnización (1 mes salario)
Finiquito completo
Prestación por desempleo
Certificado de empresa

Puntos clave:

  • Requiere jubilación real + cierre del negocio
  • Si hay traspaso/venta: NO despido (sucesión)
  • Procedimiento distinto si > 5 trabajadores
  • Plazo 20 días para reclamar

No conocer tus derechos puede suponer:

  • Perder indemnizaciones
  • Aceptar condiciones irregulares
  • No solicitar el paro a tiempo

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Anabel Alonso

Especialista contable y asesora fiscal con 7 años de experiencia.

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