Si tu jefe es autónomo y se jubila, es normal que te preguntes qué pasa con tu contrato laboral. El despido por jubilación del autónomo es una causa legal de extinción del contrato, pero implica derechos e indemnizaciones para los trabajadores.
En esta guía completa te explicamos qué pasa cuando un autónomo se jubila, indemnizaciones que corresponden, requisitos legales, trámites a seguir, casos especiales y tus derechos como trabajador.
Marco Legal del Despido por Jubilación
Base legal del cese por jubilación
El despido por jubilación del autónomo está regulado en:
Artículo 49.1.e del Estatuto de los Trabajadores:
- «Extinción del contrato de trabajo por causas válidas»
- La jubilación del empresario individual es causa justificada
Artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores:
- Regula la sucesión de empresa
- Aplicable si hay transmisión del negocio
Real Decreto Legislativo 8/2015:
- Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social
- Regula los requisitos de jubilación
¿Cuáles son los requisitos para el despido por la jubilación del autónomo?
Para que el despido por jubilación sea legal, deben cumplirse dos condiciones:
1. Que el autónomo se jubile legalmente
Requisitos de jubilación 2026:
Edad ordinaria:
- 65 años + 38 años cotizados (o más)
- 66 años y 8 meses con menos de 38 años cotizados
Documentación necesaria: ✓ Resolución de la Seguridad Social concediendo la pensión
✓ Alta efectiva de la pensión
✓ Cese en la actividad como autónomo
Importante: El autónomo debe acreditar documentalmente su jubilación ante los trabajadores.
2. Que la empresa cierre
El negocio debe cesar definitivamente:
✓ Baja en Hacienda (cese de actividad)
✓ Baja en la Seguridad Social como autónomo
✓ Cierre físico del negocio
✓ No traspaso a terceros
Si el negocio continúa (venta, traspaso, herencia): NO procede despido, sino sucesión de empresa.
Si un autónomo se jubila: ¿qué pasa con los trabajadores?
Depende del escenario concreto. Analizamos cada caso:
1. Autónomo empresario individual que cierra su negocio
Situación: El autónomo se jubila y cierra definitivamente el negocio.
Consecuencias:
✅ Extinción automática de los contratos laborales
✅ Indemnización: 1 mes de salario por empleado
✅ Derecho a prestación por desempleo (si cumple requisitos)
✅ Finiquito completo (salarios pendientes, vacaciones no disfrutadas, pagas extras)
Cálculo indemnización:
Salario mensual bruto: 1.500 €
Indemnización: 1.500 € × 1 mes = 1.500 €
Base legal: Art. 49.1.e del Estatuto de los Trabajadores
2. Autónomo que se jubila pero traspasa o vende el negocio
Situación: El autónomo se jubila pero transmite el negocio a otra persona.
Consecuencias:
✅ NO hay extinción del contrato
✅ Sucesión de empresa (art. 44 ET)
✅ El nuevo empresario asume todos los contratos
✅ NO indemnización (contratos continúan)
✅ Antigüedad se mantiene
Obligaciones del nuevo empresario:
- Respeta salarios y condiciones
- Asume deudas laborales pendientes
- Mantiene antigüedad de trabajadores
Para el trabajador: Todo sigue igual, solo cambia el empleador.
3. Si el empresario se jubila y es autónomo societario
Situación: El autónomo es socio/administrador de una Sociedad Limitada.
Clave: Los trabajadores NO dependen del socio, sino de la sociedad (persona jurídica).
Escenarios:
A) La sociedad continúa:
- Los contratos NO se extinguen
- Otro socio/administrador la gestiona
- NO procede indemnización
B) La sociedad se disuelve:
- Despido objetivo (causas económicas)
- Indemnización: 20 días × años trabajados (máx. 12 mensualidades)
- Requiere procedimiento específico
Ejemplo:
Trabajador con 5 años de antigüedad
Salario: 1.500 €/mes
Indemnización:
20 días × 5 años = 100 días
100 días × (1.500 / 30) = 5.000 €
4. Negocio heredado o transmitido a familiares
Situación: Un hijo u otro familiar continúa el negocio.
Consecuencias:
✅ Sucesión de empresa
✅ Contratos se mantienen
✅ NO indemnización
✅ Derechos intactos
Requisito: El negocio debe mantener su identidad (misma actividad, mismo local).
¿Cómo se tramita el despido por jubilación del autónomo?
El procedimiento varía según el número de trabajadores:
Hasta 5 trabajadores
Procedimiento simplificado:
Paso 1: El autónomo comunica por escrito la jubilación
Paso 2: Entrega carta de despido (ver modelo abajo)
Paso 3: Abona:
- Indemnización (1 mes salario)
- Finiquito completo
- Certificado de empresa
Paso 4: El trabajador solicita el paro
Plazo de preaviso: Según convenio colectivo (normalmente 15 días)
Más de 5 trabajadores
Procedimiento con comunicación a autoridad laboral:
Paso 1: Comunicar a la autoridad laboral (Inspección de Trabajo)
Paso 2: Período de consultas con representantes (si los hay)
Paso 3: Autorización o informe de la autoridad
Paso 4: Carta de despido individual a cada trabajador
Paso 5: Pago de indemnizaciones y finiquitos
Importante: El incumplimiento del procedimiento puede convertir el despido en improcedente.
En caso de despido por jubilación del autónomo, ¿qué indemnización corresponde al trabajador?
Tabla de indemnizaciones según caso
| Situación | Indemnización | Base legal |
| Cierre por jubilación | 1 mes salario | Art. 49.1.e ET |
| Disolución SL | 20 días × año (máx. 12 mens.) | Art. 51-52 ET |
| Traspaso/venta | 0 € (sucesión) | Art. 44 ET |
| Despido improcedente | 33 días × año (máx. 24 mens.) | Art. 56 ET |
Cálculo del finiquito completo
Componentes del finiquito:
- Salarios pendientes
- Vacaciones no disfrutadas
- Parte proporcional paga extra
- Indemnización (según caso)
Ejemplo completo:
Trabajador con salario 1.500 €/mes
Fecha despido: 15 de febrero
Vacaciones pendientes: 10 días
FINIQUITO:
1. Salario 1-15 febrero: 750 €
2. Vacaciones (10 días): 500 €
3. Paga extra proporcional: 187,50 €
4. Indemnización (1 mes): 1.500 €
════════
TOTAL FINIQUITO: 2.937,50 €
Indemnización y Prestación por Desempleo
¿Derecho a paro?
SÍ, el trabajador tiene derecho al desempleo si:
✓ Ha cotizado 360 días en los últimos 6 años
✓ Situación legal de desempleo
✓ Solicitud en 15 días hábiles
Duración prestación:
- 12 meses cotizados → 4 meses de paro
- 24 meses cotizados → 8 meses
- 36 meses cotizados → 12 meses
- etc.
Cuantía: 70% de la base reguladora (primeros 180 días), luego 50%
Carta de despido por jubilación del autónomo
Modelo de carta de despido
[MEMBRETE DE LA EMPRESA]
[Nombre trabajador]
[Dirección]
[Ciudad, CP]
[Ciudad], [Fecha]
Estimado/a [Nombre]:
Por medio de la presente le comunicamos que, en virtud de lo
establecido en el artículo 49.1.e del Estatuto de los Trabajadores,
procedemos a la EXTINCIÓN de su contrato de trabajo, con efectos
desde el día [FECHA].
CAUSA: Jubilación del empresario y cese definitivo de la actividad.
El empresario D./Dª [NOMBRE AUTÓNOMO], con NIF [NIF], ha accedido
a la jubilación por la Seguridad Social con efectos [FECHA],
procediendo al cierre definitivo de la actividad económica.
INDEMNIZACIÓN: En cumplimiento de la normativa vigente, percibirá
una indemnización equivalente a UN MES de salario, que asciende a
la cantidad de [IMPORTE] euros brutos.
FINIQUITO: Se le hará entrega del finiquito correspondiente, que
incluye:
– Salarios pendientes
– Vacaciones no disfrutadas
– Parte proporcional de pagas extraordinarias
– Indemnización legal
CERTIFICADO DE EMPRESA: Se adjunta certificado de empresa para
la solicitud de la prestación por desempleo.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Fdo.: [NOMBRE Y FIRMA DEL EMPRESARIO]
RECIBÍ (firma del trabajador):
Fecha: _______________
Obligaciones del Empresario
Checklist del autónomo que se jubila
Documentación a entregar:
✅ Carta de despido motivada
✅ Certificado de empresa (para el paro)
✅ Finiquito detallado
✅ Liquidación de indemnización
✅ Vida laboral del trabajador
✅ Copia de alta de jubilación
Trámites administrativos:
✅ Comunicar cese a la Seguridad Social
✅ Dar de baja en contrato@
✅ Presentar Modelo 190 (retenciones anuales)
✅ Liquidar nómina final
Plazos:
- Preaviso: Según convenio (15-30 días)
- Pago finiquito: En la fecha de extinción
- Entrega certificados: Inmediato
Derechos del Trabajador
¿El trabajador puede hacer algo?
Derechos del trabajador:
✅ Recibir indemnización completa
✅ Finiquito total
✅ Certificado de empresa
✅ Solicitar paro inmediatamente
✅ Impugnar si el despido es irregular
¿Se considera despido improcedente?
NO, si se cumplen los requisitos:
- Jubilación acreditada
- Cierre real del negocio
- Procedimiento correcto
SÍ es improcedente si:
- El negocio continúa operando
- No hay acreditación de jubilación
- El autónomo sigue trabajando en otro sitio
- No se paga la indemnización
Consecuencia despido improcedente:
- Indemnización: 33 días × año (máx. 24 mensualidades)
- O readmisión en el puesto
Consideraciones Adicionales
Jubilación autónomo colaborador
Autónomo colaborador: Familiar que trabaja en el negocio familiar (cónyuge, hijo < 30 años).
Si se jubila:
- NO afecta directamente a empleados externos
- El negocio puede continuar con otro titular familiar
- Contratos laborales se mantienen
¿Un autónomo puede jubilarse y seguir teniendo empleados?
SÍ, mediante la jubilación activa:
Condiciones: ✓ Tener 65 años y 37 años cotizados (o 67 años)
✓ Mantener o contratar 1 trabajador (mínimo)
✓ Trabajar a tiempo completo o parcial
Limitación: Solo cobra el 50% de la pensión (100% si es nuevo contrato indefinido)
Para los empleados: Contratos se mantienen normalmente.
¿Qué ocurre con los contratos temporales?
También se extinguen si el negocio cierra:
- Indemnización: 1 mes de salario
- Finiquito proporcional
- Derecho a paro (si procede)
Si estaban próximos a vencer: Se adelanta la extinción con indemnización.
Requisitos de jubilación de un autónomo
Requisitos completos de jubilación
Edad y cotización 2026:
| Situación | Edad jubilación |
| ≥ 38 años cotizados | 65 años |
| < 38 años cotizados | 66 años y 8 meses |
Cotización mínima: 15 años (2 dentro de últimos 15)
Tipos de jubilación
Jubilación ordinaria: Edad legal cumplida
Jubilación anticipada voluntaria:
- Hasta 2 años antes
- Penalización en la pensión
Jubilación anticipada involuntaria:
- Por cese involuntario
- Menor penalización
Jubilación activa:
- Permite seguir trabajando
- Cobra 50-100% pensión
La importancia de planificar la jubilación de un autónomo
Planificación anticipada
6 meses antes:
- Comunicar intención a empleados
- Estudiar opciones (cierre, venta, traspaso)
- Calcular indemnizaciones necesarias
3 meses antes:
- Solicitar pensión a Seguridad Social
- Buscar comprador (si procede)
- Preparar documentación
1 mes antes:
- Confirmar fecha efectiva
- Carta de preaviso a trabajadores
- Asegurar liquidez para pagos
Costes a prever:
- Indemnizaciones trabajadores
- Finiquitos completos
- Tasas por cierre
- Asesoría legal/laboral
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo debe preavisar el autónomo a sus trabajadores?
Depende del convenio colectivo, pero generalmente:
- 15 días (lo más habitual)
- 30 días (algunos convenios)
Si no se preavisa: Indemnización adicional equivalente a los días no preaviso.
¿Y si el negocio se vende o hereda?
Sucesión de empresa (art. 44 ET):
- Contratos continúan automáticamente
- NO indemnización
- Antigüedad se mantiene
- Mismo salario y condiciones
¿El finiquito tributa en IRPF?
Depende del concepto:
- Salarios pendientes: SÍ tributan
- Vacaciones: SÍ tributan
- Indemnización legal: EXENTA hasta límites legales
- Indemnización exceso: Tributa
¿Puedo reclamar si considero el despido injusto?
SÍ, tienes 20 días hábiles desde el despido para:
- Presentar papeleta de conciliación (SMAC)
- Demandar ante Juzgado de lo Social
Motivos de reclamación:
- Falta de causa real
- Negocio que continúa
- Procedimiento irregular
- Indemnización insuficiente
Conclusión: conoce tus derechos ante la jubilación de tu jefe autónomo
El despido por jubilación del autónomo es una causa legal de extinción del contrato, pero implica derechos para los trabajadores:
✓ Indemnización (1 mes salario)
✓ Finiquito completo
✓ Prestación por desempleo
✓ Certificado de empresa
Puntos clave:
- Requiere jubilación real + cierre del negocio
- Si hay traspaso/venta: NO despido (sucesión)
- Procedimiento distinto si > 5 trabajadores
- Plazo 20 días para reclamar
No conocer tus derechos puede suponer:
- Perder indemnizaciones
- Aceptar condiciones irregulares
- No solicitar el paro a tiempo
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Si eres trabajador: ✓ Revisamos tu carta de despido
✓ Calculamos tu finiquito correcto
✓ Te asesoramos sobre reclamación si procede
✓ Te ayudamos con la solicitud de paro
Si eres autónomo que se jubila: ✓ Planificación completa del cese
✓ Cartas de despido correctas
✓ Cálculo de indemnizaciones
✓ Trámites con Seguridad Social y Hacienda
✓ Liquidación de contratos sin riesgos
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