El Modelo 600 es el formulario que debes presentar cuando realizas operaciones como la compra de una vivienda de segunda mano, un alquiler o una constitución de sociedad. Se trata de la autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD), un tributo que afecta tanto a particulares como a empresas.
En esta guía te explicamos qué es el Modelo 600, quién debe presentarlo, cómo rellenarlo correctamente y cuánto tendrás que pagar según tu Comunidad Autónoma, con especial atención a las particularidades de Canarias.
¿Qué es el Modelo 600?
El Modelo 600 es el documento oficial utilizado para declarar y pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD), regulado por el Real Decreto Legislativo 1/1993.
Este impuesto grava tres tipos de operaciones:
- Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO): compraventa de bienes de segunda mano entre particulares
- Operaciones Societarias (OS): constituciones, ampliaciones de capital, fusiones
- Actos Jurídicos Documentados (AJD): escrituras notariales, documentos mercantiles e inscripciones registrales
Aunque es un impuesto estatal, su gestión está cedida a las Comunidades Autónomas, lo que significa que cada región puede establecer sus propios tipos impositivos, bonificaciones y procedimientos de presentación.
¿Para qué sirve el Modelo 600?
El Modelo 600 sirve para autoliquidar el ITP y AJD cuando se produce una operación sujeta a este impuesto que no está gravada por IVA.
La regla general es sencilla:
- Operación entre particulares o compra de segunda mano → Modelo 600 (ITP)
- Operación con IVA (compra a empresa, obra nueva) → No se presenta Modelo 600
¿Qué operaciones requieren presentar el Modelo 600?
Transmisiones patrimoniales onerosas
Las operaciones más habituales que requieren el Modelo 600 son:
- Compra de viviendas, locales o garajes de segunda mano
- Compra de terrenos o parcelas entre particulares
- Arrendamientos de inmuebles (excepto vivienda habitual en algunos casos)
- Compraventa de vehículos usados entre particulares
- Traspaso de negocios
- Cesión de derechos (usufructos, servidumbres, etc.)
Operaciones societarias
Las empresas deben presentar el Modelo 600 en estos supuestos:
- Constitución de sociedades
- Aumentos o reducciones de capital social
- Fusiones y escisiones de empresas
- Disolución de sociedades
- Aportaciones no dinerarias a sociedades
Actos jurídicos documentados
Se aplica a determinados documentos que requieren formalización:
- Escrituras notariales de préstamos hipotecarios (paga el prestatario)
- Actas notariales inscribibles en registros públicos
- Documentos mercantiles con determinadas características
- Anotaciones preventivas de embargos
Importante: desde junio de 2019, en las hipotecas sobre vivienda habitual, el banco es quien paga el AJD, no el comprador.
¿Quién debe pagar el Modelo 600?
Sujeto pasivo del Modelo 600
El sujeto pasivo es quien debe presentar y pagar el impuesto. Con carácter general:
- En una compraventa: paga el comprador
- En un arrendamiento: paga el arrendatario (inquilino)
- En una ampliación de capital: paga la sociedad
- En una hipoteca sobre vivienda habitual: paga el banco (AJD)
¿Quién es el transmitente?
El transmitente es la persona o empresa que vende o cede el bien. Aunque no paga el impuesto, sus datos deben aparecer correctamente en el Modelo 600 para identificar la operación.
¿Cuándo se debe presentar el Modelo 600?
El plazo general para presentar el Modelo 600 es de 30 días hábiles desde la fecha del hecho imponible:
- Compraventas: 30 días desde la firma de la escritura pública
- Arrendamientos: 30 días desde la firma del contrato
- Operaciones societarias: 30 días desde la fecha del acuerdo social
Atención: los días son hábiles, no naturales. Los sábados, domingos y festivos no cuentan.
¿Qué ocurre si no presento el modelo 600 a tiempo?
Presentar el Modelo 600 fuera de plazo conlleva recargos e intereses:
- Retraso hasta 3 meses: recargo del 5%
- Retraso de 3 a 6 meses: recargo del 10%
- Retraso de 6 a 12 meses: recargo del 15%
- Retraso superior a 12 meses: recargo del 20% + intereses de demora
Además, si Hacienda detecta la falta de presentación, puede imponer sanciones adicionales del 50% al 150% de la cuota.
¿Dónde se presenta el Modelo 600?
El Modelo 600 se presenta en la Comunidad Autónoma donde se ubica el bien o donde tiene lugar la operación:
Formas de presentación
- Telemática: a través de la sede electrónica de la Consejería de Hacienda autonómica (requiere certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve)
- Presencial: en las oficinas liquidadoras de la Comunidad Autónoma
- Entidades colaboradoras: bancos autorizados según la normativa de cada región
Modelo 600 en Canarias
En Canarias, el Modelo 600 se presenta a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria Canaria. La comunidad ofrece bonificaciones específicas en determinados supuestos, como:
- Bonificación del 50% en AJD para escrituras de préstamos hipotecarios destinados a vivienda habitual de personas menores de 35 años
- Tipos reducidos en transmisiones de vivienda habitual para familias numerosas
Es recomendable contar con asesoramiento fiscal especializado en Canarias para aprovechar todas las bonificaciones disponibles.
Cómo rellenar el Modelo 600 paso a paso
Aunque cada Comunidad Autónoma tiene su propio diseño de formulario, la estructura básica es similar:
1. Datos de la administración
- Oficina liquidadora competente
- Fecha de devengo (fecha de la escritura o contrato)
- Concepto del impuesto (TPO, OS o AJD)
2. Datos del sujeto pasivo
Información de quien paga el impuesto:
- Nombre completo o razón social
- NIF o CIF
- Domicilio fiscal completo
- Teléfono y correo electrónico de contacto
3. Datos del transmitente
Información de quien vende o cede:
- Identificación completa
- NIF
- Domicilio
4. Datos del documento
- Tipo de documento: escritura pública, documento privado, acuerdo social
- Notario y número de protocolo (si es escritura notarial)
- Fecha del documento
5. Descripción del bien u operación
Para inmuebles:
- Dirección completa
- Referencia catastral
- Superficie y características
- Valor declarado
Para operaciones societarias:
- Denominación social
- CIF
- Importe de la operación
6. Autoliquidación
Este es el apartado más importante:
- Base imponible: valor de la operación o del bien
- Tipo impositivo aplicable: según la Comunidad Autónoma
- Bonificaciones o reducciones: si aplican
- Cuota a ingresar: resultado de aplicar el tipo a la base
7. Pago y presentación
- Forma de pago: domiciliación bancaria, transferencia o presencial
- Número de cuenta para domiciliación
- Fecha y firma electrónica
¿Cuánto se paga por el modelo 600?
El importe a pagar depende de tres factores:
- Tipo de operación (TPO, OS o AJD)
- Valor del bien o cuantía de la operación
- Comunidad Autónoma donde se presenta
Tipos impositivos orientativos
Los tipos más habituales en Transmisiones Patrimoniales son:
| Comunidad Autónoma | Tipo general TPO |
| Canarias | 6,5% |
| Andalucía | 7% – 10% (escala) |
| Madrid | 6% |
| Cataluña | 10% (5% vivienda habitual) |
| Valencia | 10% |
| País Vasco | 4% – 7% |
Para Actos Jurídicos Documentados, el tipo general suele ser del 1% al 1,5%.
Ejemplo práctico
Compra de una vivienda de segunda mano en Canarias por 200.000 €:
- Base imponible: 200.000 €
- Tipo aplicable (TPO Canarias): 6,5%
- Cuota a pagar: 13.000 €
Importante: si aplican bonificaciones (familia numerosa, menores de 35 años, etc.), la cuota puede reducirse significativamente.
¿Qué documentación necesito para presentar el modelo 600?
Para completar la presentación del Modelo 600 necesitarás:
- Escritura pública o contrato que origina la operación
- DNI/NIF de todas las partes
- Referencia catastral del inmueble (si aplica)
- Nota simple del Registro actualizada (recomendable)
- Justificante de pago del impuesto
- Certificado energético (para inmuebles, en algunas CCAA)
¿Qué ocurre si Hacienda no está de acuerdo con el valor declarado?
La Administración puede considerar que el valor declarado es inferior al valor real de mercado e iniciar un procedimiento de comprobación de valores.
En este caso:
- Hacienda notifica una propuesta de liquidación con un valor superior
- El contribuyente puede aceptar y pagar la diferencia más intereses
- O puede solicitar una tasación pericial contradictoria:
- Se designa un perito independiente
- Si el valor del perito se acerca más al declarado, los gastos los paga Hacienda
- Si se acerca más al de Hacienda, los gastos los paga el contribuyente
Consejo: declara siempre valores realistas basados en valoraciones profesionales para evitar comprobaciones.
¿Hay que pagar siempre al presentar el modelo 600?
No siempre. Existen exenciones en determinados supuestos:
- Transmisiones por herencia: no tributan por ITP (tienen su propio impuesto)
- Donaciones: tampoco tributan por ITP
- Determinadas reestructuraciones empresariales con requisitos específicos
- Operaciones entre cónyuges en determinados regímenes económicos
- Extinciones de condominio en ciertos casos
Aun estando exento, es obligatorio presentar el Modelo 600 marcando la casilla de exención correspondiente.
Diferencias entre el Modelo 600 y otros impuestos
Es importante no confundir el Modelo 600 con:
Modelo 600 vs IVA
- IVA: grava operaciones entre empresarios, obra nueva, locales de empresa
- Modelo 600 (ITP): grava operaciones entre particulares, segunda mano
Nunca se pagan ambos por la misma operación. Si hay IVA, no hay ITP.
Modelo 600 vs Impuesto de Sucesiones
- Impuesto de Sucesiones: herencias y donaciones (Modelo 650, 651, 660)
- Modelo 600: compraventas y operaciones onerosas
Modelo 600 vs Modelos 601 y 602
- Modelo 600: autoliquidación (tú calculas y pagas)
- Modelo 601: solicitud de liquidación (la Administración calcula)
- Modelo 602: liquidación en operaciones específicas
En la mayoría de operaciones se utiliza el Modelo 600 (autoliquidación).
Errores frecuentes al presentar el Modelo 600
Estos son los fallos más comunes que pueden costarte sanciones:
❌ Presentarlo fuera de plazo (recargos automáticos)
❌ Aplicar el tipo impositivo incorrecto (de otra Comunidad Autónoma)
❌ Declarar un valor inferior al real (comprobación de valores)
❌ Presentarlo en la CCAA equivocada (donde vives en vez de donde está el bien)
❌ No incluir la referencia catastral correcta del inmueble
❌ Olvidar marcar bonificaciones aplicables (pierdes el beneficio fiscal)
❌ No coordinar con el registro (problemas en la inscripción del inmueble)
Preguntas frecuentes sobre el Modelo 600
¿Se puede rellenar el modelo 600 online?
Sí. Todas las Comunidades Autónomas disponen de plataformas telemáticas donde puedes rellenar, presentar y pagar el Modelo 600 online con certificado digital.
¿Puedo rectificar un Modelo 600 ya presentado?
Sí. Puedes presentar una autoliquidación complementaria si pagaste de menos, o solicitar una rectificación si pagaste de más. El plazo es de 4 años desde la presentación.
¿Qué diferencia hay entre comprar una vivienda nueva y una de segunda mano?
- Vivienda nueva (primera transmisión): pagas IVA (10%) + AJD (1-1,5%)
- Vivienda de segunda mano: pagas solo ITP mediante Modelo 600 (6-10% según CCAA)
¿El Modelo 600 se presenta antes o después de ir al notario?
Después. Primero firmas la escritura pública ante notario y luego tienes 30 días hábiles para presentar el Modelo 600.
Conclusión: presenta tu Modelo 600 sin errores ni retrasos
El Modelo 600 es un trámite obligatorio en operaciones tan importantes como la compra de tu vivienda o la constitución de tu empresa. Presentarlo correctamente y en plazo te ahorrará recargos, sanciones y dolores de cabeza con Hacienda.
Dado que cada Comunidad Autónoma tiene sus propias particularidades, tipos impositivos y bonificaciones, es fundamental contar con asesoramiento especializado que te ayude a:
✓ Aprovechar todas las bonificaciones fiscales disponibles en Canarias
✓ Calcular correctamente la cuota a pagar
✓ Evitar errores que retrasen la inscripción en el Registro
✓ Defenderte ante comprobaciones de valores de Hacienda
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✓ Preparación completa del Modelo 600
✓ Cálculo exacto del impuesto a pagar
✓ Aplicación de bonificaciones autonómicas
✓ Presentación telemática en plazo
✓ Coordinación con notaría y registro
✓ Defensa ante comprobaciones de valores
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